AYUNTAMIENTO DE HONTOBA
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Haciendo uso de las facultades y competencias que para la organización de la Corporación me atribuyen el artículo 21 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, los artículos 41, 43.3, 44 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre) y el artículo 51 y 62 del Código Civil.
RESUELVO:
PRIMERO.- Delegar la competencia de autorización de matrimonio civil para la celebración del matrimonio entre D. José Manuel Navarrete Fernández y Dña. Lucy Ernestina Cerna Arroyo que tendrá lugar el día 24 de febrero de 2024 en la Casa Consistorial de este municipio de Hontoba, en Dña. Emilia Marín Alarcón, Concejala de este Ayuntamiento y Primer Teniente de Alcalde.
SEGUNDO.- La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante el Alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.
En Hontoba a 15 de febrero de 2024. Fdo.- El Alcalde. D. Pedro David Pardo de la Riva.