AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de Pleno de 18 de diciembre de 2023, en el cual se acordó la Modificación de la Ordenanza Reguladora Fiscal de la Tasa de utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que es el que a continuación se detalla:
“En su artículo cuatro se incorpora al tipo de ocupaciones temporales la instalación de quioscos de comida y bebida o análogos, en el capítulo XII cuota tributaria incorporando los quioscos de comida y bebida o análogos cuyo importe anual es de 600€, el Ayuntamiento determinará la ocupación máxima según la zona donde se pretenda realizar la instalación.”
Contra el presenta Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de 2 meses, contados a partir del siguiente al de la publicación en este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Galápagos, 07 de febrero de 2024. El Alcalde-Pte: Guillermo M. Rodríguez Ruano. Rubricado.