AYUNTAMIENTO DE LUPIANA
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha de 21 de diciembre de 2023, sobre el expediente de modificación de créditos 3/2023 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como se sigue a continuación
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
CUANTÍA |
920.226 |
Gastos varios pendientes aplicación presupuestaria ant. 2021 |
7969,75€ |
1532.619 |
Otras inv. de repos de infraest. y bienes uso gral. Año 2021 |
335,48€ |
920.221 |
Suministros. Año 2021 |
1541,83€ |
1532.221 |
Pavimentación Vías públicas. Suministros. Año 2021 |
2117,50€ |
920.250 |
Trabajos realiz. por ad. Públicas y otras ent. Públic. Año 2021 |
4413,70€ |
920.250 |
Trabajos realiz. por ad. Públicas y otras ent. Públic. Año 2022 |
4644€ |
338.227 |
Fiestas populares. Trabajos realizados por otras empr. y profesionales Año 2022 |
2435,29€ |
920.224 |
Adm General. Primas de Seguro. Año 2022 |
2149,36€ |
920.250 |
Trabajos realiz. por ad. Públicas y otras ent. Públic. Año 2022 |
3362,17€ |
EN AUMENTO |
TOTAL 28.969,08€ |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al remanente de Tesorería, en los siguientes términos:
FINANCIACIÓN |
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APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN CUANTÍA |
870 |
Remanente de tesorería 28.969,08€ |
TOTAL EN DISMINUCIÓN 28.969,08€ |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, conforme al artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Lupiana a 5 de febrero de 2024. La alcaldesa-presidente Blanca del Rio Baños.