E.L.M. LA NAVA
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Vistos los plazos que en la mayoría de ocasiones rigen la justificación de subvenciones, este Municipio debe adaptar sus procedimientos de contratación para cumplir con dichos plazos, por lo que, el Pleno, por mayoría absoluta de los miembros presentes, adopta el siguiente:
PRIMERO.- Delegar en la Alcaldía-Presidencia la competencia de poder de adjudicación de contratos del Pleno para el ejercicio 2024.
SEGUNDO.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, y en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, para dar cumplimiento a las exigencias de publicidad activa en materia institucional y organizativa recogidas en el Art. 6 de la Ley 19/2013 de 10 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información Pública y Buen Gobierno, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente.”
En La Nava, a 30 de enero de 2024. Fdo. El Alcalde Pedáneo Fernando Moreno Guisado