AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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CÓDIGO BDNS: 741485
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la convocatoria cuyo texto completo también puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.haciend.gob.es).
El Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara convoca el Premio para la realización del cartel conmemorativo del 8 de marzo, Día Internacional de las Mujeres. Este concurso pretende movilizar a la sociedad en contra de las desigualdades y la discriminación que sufren las mujeres y favorecer la eliminación de obstáculos que impiden lograr una participación equilibrada de mujeres y hombres tanto en la vida pública como privada.
La obra ganadora será la que se utilizará para la campaña de difusión del 8M, Día Internacional de las Mujeres, y será imagen oficial de la agenda de las actividades y actos organizados por el Ayuntamiento de Guadalajara con motivo del 8 de marzo de 2024.
Con motivo de ello, se ha resuelto publicar la presente convocatoria de acuerdo con las siguientes
BASES
1.- OBJETO
El objeto de la convocatoria es seleccionar, de entre los carteles presentados, aquel que el jurado considere mejor, tanto por la imagen como la temática utilizada.
2.- PARTICIPANTES
2.1.- Pueden participar en el concurso personas mayores de 14 años.
2.2.- Los participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.
Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención, conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores.
2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara y sus organismos autónomos.
3.- CONDICIONES TÉCNICAS
3.1.- Se admitirá un máximo de 2 obras por autor.
3.2.- La temática estará relacionada con la conmemoración del Día Internacional de las Mujeres - 8 de marzo de 2024.
3.3.- La obra podrá ser realizada con cualquier técnica, manual o digital, debiendo presentarse obligatoriamente en formato digital en caso de resultar ganadora.
3.3.- Las ilustraciones deberán realizarse en un tamaño A3 en formato VERTICAL, si es manual sobre un soporte rígido (papel o cartulina).
3.4.- Para preservar la identidad del autor hasta el fallo del jurado, el cartel se presentará sin firma, junto con un sobre cerrado, que contendrá fotocopia del DNI, declaración responsable debidamente cumplimentada (anexo I) y ficha de inscripción (anexo II). Si la obra se presenta en formato digital se anexarán como archivos adjuntos esos mismos documentos.
3.5.- Criterios de valoración: al tratarse de la selección de una obra de carácter artístico, cuya única base de juicio es el propio dibujo presentado, el jurado deberá ponderar equilibradamente los criterios de belleza de la imagen, originalidad, y la temática solicitada relativa al 8M.
4.- PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS Y PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA
4.1.- Las obras en formato digital se enviarán al email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y en formato físico se presentarán en el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara, Centro Municipal Integrado Eduardo Guitián, Avenida del Vado 15, 19005 Guadalajara, en días hábiles, de lunes a viernes, y en horario de 8:00 a 14:00 horas. El plazo quedará abierto desde el siguiente día al de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y hasta las 14:00 horas del día 14 de febrero de 2024, ambos inclusive.
4.2.- El texto íntegro de la convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara.
4.3.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
5.- PREMIOS
Se establecen los siguientes premios:
- 1er premio 500 €
- 2º premio 250 €
- 3er precio 125 €
La dotación presupuestaria total se cifra en 875 €, correspondientes a la aplicación presupuestaria: 231.4.480.01 del vigente Presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara del ejercicio 2024.
6.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y LA RESOLUCIÓN
El órgano competente para la Instrucción de este procedimiento es el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara. El órgano competente para la resolución de este procedimiento es el Concejal Delegado de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara.
7.- JURADO
7.1.- La selección y concesión del Premio del Concurso se realizará a propuesta de un jurado que estará constituido de la siguiente forma:
- Presidente: Concejal Delegado de Mujer e Igualdad.
- Vocales: Cuatro personas del personal funcionario del Ayuntamiento de Guadalajara.
- Secretaría: Personal Técnico Jurídico del Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara.
7.2.- Este jurado levantará acta final de sus resoluciones donde hará constar todas las obras presentadas, las admitidas, las rechazadas y el motivo de su rechazo, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases.
Dicha acta reflejará las obras ganadoras y los méritos que concurren en ellas para tal distinción. Este documento constituirá propuesta de acuerdo al Concejal Delegado de Mujer e Igualdad, que será el órgano municipal competente para la concesión del premio.
7.3.- El jurado podrá declarar desierto el concurso en caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúna los méritos suficientes para ser premiado.
7.4.- Las decisiones del jurado en todo caso, serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en esta bases.
7.5.- Las personas que concursen se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del jurado.
8.- RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. PROPIEDAD DE LAS OBRAS.
8.1.- Se notificará personalmente, y por la vía que hayan propuesto el resultado del concurso a todas las personas participantes del mismo.
8.2.- El plazo límite para resolver por completo el concurso y notificar el fallo a las personas que han participado será anterior al evento 8M.
8.3.- Una vez fallado el concurso y concedido el premio, la obra ganadora se utilizará para realizar todos los carteles de la campaña de difusión del 8M del Ayuntamiento de Guadalajara, apareciendo en aquellos soportes publicitarios y de comunicación que el Ayuntamiento estime oportuno.
8.4.- La persona ganadora del premio según el acta del jurado, y previamente a su concesión, habrá de cumplimentar previamente a su concesión el Anexo I de las presentes bases.
8.5.- La resolución de concesión de los premios especificará la identificación fiscal.
8.6.- La explotación y uso de imágenes de las obras ganadoras pasarán a formar parte del Ayuntamiento de Guadalajara desde el momento del fallo del jurado.
9.- RESPONSABILIDAD
El Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara garantiza el mayor cuidado de los trabajos, pero en ningún caso se hace responsable de posibles deterioros que sufran por causas ajenas o de fuerza mayor.
10.- OTRAS DETERMINACIONES
10.-1. La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguna de las condiciones antes expuestas.
10.2.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.
10.3.- Los originales no premiados podrán ser retirados por sus autores en el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara.
11.- NORMA FINAL
Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ley 39/20015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara y Organismos Autónomos, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para el presente ejercicio, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las Disposiciones del Derecho Común.
En Guadalajara, a 29 de enero de 2024. Dª Roberto Narro Ortíz; Concejal delegado de mujer e igualdad.
ANEXO I
D./Dña. . con D.N.I: , residente en con domicilio en C.P. , teléfono , y dirección de correo electrónico
Como ganador/a del I Concurso de Carteles 8 de marzo de 2024.
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
Primero.- Que me encuentro al corriente de mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Reglamento de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.
Segundo.- Que no me hallo dentro de ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que estoy al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Tercero.- Que no tengo pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara o sus organismos autónomos.
Cuarta.- Que autorizo a los servicios del Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara a comprobar los datos anteriormente expresados.
Guadalajara, de 2024
ANEXO II
Nº _____ HOJA DE INSCRIPCIÓN AL PREMIO PARA EL I CONCURSO DE CARTELES DEL 8 M 2024
TÍTULO CARTEL:
NOMBRE Y APELLIDOS:
DOMICILIO : LOCALIDAD: TELÉFONO :
Firma
*Fecha límite presentación de obras: 14 de febrero de 2024.
Los datos personales incluidos en este formulario serán incorporados al fichero de Gestión del Área de Mujer e Igualdad, responsabilidad del Ayuntamiento de Guadalajara. Ud. Puede ejercer sobre esos datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Guadalajara, Plaza Mayor, 1, 19071, GUADALAJARA.