AYUNTAMIENTO DE VILLASECA DE UCEDA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del Servicio de Recogida de Residuos sólidos urbanos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“PRIMERO. Aprobar la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos, estableciendo:
* ART. 7.- Tasa anual de recogida de residuos sólidos urbanos: 120 €
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Villaseca de Uceda a 24 de enero de 2024. El Alcalde: D. Juan Carlos Gil Muñoz.