AYUNTAMIENTO DE LORANCA DE TAJUÑA
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Por medio de la presente, se anuncia la Resolución del Sr. Alcalde de Loranca de Tajuña de fecha 24 de enero de 2024, que literalmente se transcribe:
“En relación con la convocatoria del proceso selectivo convocado por este Ayuntamiento para la provisión en propiedad como personal laboral fijo de dos plazas de auxiliar administrativo y una plaza de peón de servicios múltiples mediante concurso en base a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y tras detectarse que el mencionado expediente y, en concreto, las bases del proceso selectivo adolecían de numerosos errores, contradicciones y cuestiones que hacen inviable su validez y correcto desarrollo del proceso de selección.
Considerando que el plazo para que las personas interesadas presentasen su solicitud de participación en el mismo no ha comenzado dado que no ha sido publicado anuncio en el Boletín Oficial del Estado y que, por tanto, no se ha generado ningún derecho subjetivo en favor de las potenciales personas interesadas.
Estimando que lo más apropiado es revocar el presente proceso selectivo para corregir los defectos encontrados y aprobar unas bases más apropiadas a las necesidades del Ayuntamiento de Loranca de Tajuña e impulsar el proceso selectivo en el ámbito temporal dado por la Mencionada Ley 20/2021, procede la revocación del presente expediente y, posteriormente, aprobación de nuevos expedientes.
A la vista de lo indicado en el informe de Secretaría de fecha 24 de enero de 2024, conforme lo dispuesto en el 109. 1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP) y en virtud de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
Primero.- Revocar el proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento de Loranca de Tajuña para la provisión en propiedad como personal laboral fijo de dos plazas de auxiliar administrativo y una plaza de peón de servicios múltiples mediante concurso publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº247 de fecha 30 de diciembre de 2022 en base a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público al encontrarse errores sustanciales e insubsanables en la redacción de las bases del proceso selectivo encontrándose el expediente sin que exista derecho subjetivo de ninguna persona interesada, conforme los antecedentes indicados y lo dispuesto en el 109. 1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, Sede Electrónica y Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.
Lo que se hace público haciéndose saber que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Loranca de Tajuña a 24 de enero de 2024, el Alcalde, D. Enrique Calvo Montero.