AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE VALLES
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Al no haberse presentado reclamaciones , durante el plazo de exposicion al publico , queda automaticamente elevado a definitivo , el acuerdo plenario de fecha 20 de noviembre de 2.023 , provisional del Ayuntamiento de Puebla de Valles,sobre Modificacion parcial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de basuras , cuyo texto integro se hace publico en cumplimiento del articulo 17.4 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales de 5 de marzo de 2.004.
Contra el presente acuerdo, conforme al articulo 19 del texto refundido de las haciendas locales de 5 de marzo de 2.004, se podra interponer por los interesados, recurso contencioso administrativo , en el plazo de dos meses a contar desde la publicacion integra de este anuncio en el B.O.P. ante el Tribunal superior de Justicia de Albacete.
En Puebla de Valles, a 8 de enero de 2024 .La Alcaldesa ,Maria Elena Martin Ruiz.
ANEXO :
TASA DE RECOGIDA DE BASURAS O TRIBUTOS VARIOS .
CUOTAS:
- Viviendas : 90 euros al año.
- Bares E industrias: 140 euros al año.
- Alojamientos turísticos : 140 euros al año
- Restaurantes: 140 euros al año .
DISPOSICION FINAL.
Las presentes modificaciones, que fueron aprobadas por el pleno del Ayuntamiento, el dia 20 de noviembre de 2.023, entraran en vigor el mismo dia de su publicacion integra en el B.O.P. permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificacion, o derogacion expresa.