AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
85
SUMARIO
Modificación de los miembros de la Corporación que han de desempeñar los cargos de en régimen de dedicación exclusiva/parcial.
TEXTO
Se hace público para su general conocimiento las modificaciones de los miembros de la Corporación que han de desempeñar los cargos de en régimen de dedicación exclusiva/parcial del Ayuntamiento de Fontanar en el marco del acuerdo del Pleno de fecha 22 de junio de 2023, con arreglo al siguiente detalle:
I.- Mediante Resolución de Alcaldía nº1187, de fecha 04 de diciembre de 2023, se adoptó la siguiente disposición: Modificar la designación realizada mediante Resolución de Alcaldía nº934, de fecha 19 de octubre de 2023, respecto a la liberación nº1 siendo sustituido lo resuelto respecto a la misma con efectos en fecha actual, por lo siguiente: - Designar a don Víctor San Vidal Martínez, Alcalde, la liberación nº1 a jornada completa con las proporcionales retribuciones acordadas por el Pleno en fecha 22 de junio de 2023.
II.- Mediante Resolución de Alcaldía nº7, de fecha 03 de enero de 2024, se adoptó la siguiente disposición: Modificar la designación realizada mediante Resolución de Alcaldía nº1187, de fecha 04 de diciembre de 2023, respecto a la liberación nº1 siendo sustituido lo resuelto respecto a la misma con efectos el 03 de enero de 2024, por lo siguiente: - Designar a don Víctor San Vidal Martínez, Alcalde, la liberación nº1 a jornada parcial del 75% con las proporcionales retribuciones acordadas por el Pleno en fecha 22 de junio de 2023.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Fontanar a 4 de enero de 2024, el Alcalde, D. Víctor San Vidal Martínez.