AYUNTAMIENTO DE HONTOBA
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VISTO el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de diciembre, por el que se configura el sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, conforme al cual “con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, impone a España en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, el Pleno de la Corporación ha aprobado el PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE, conforme al acuerdo del Pleno Municipal de fecha 15 de diciembre de 2.023
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este ayuntamiento (https://hontoba.sedelectronica.es)
En Hontoba a 29 de diciembre de 2.023. Fdo. El Alcalde: D. Pedro David Pardo de la Riva