AYUNTAMIENTO DE ESTABLÉS
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Por Acuerdo del Pleno de fecha 21 de diciembre de 2023, se aprobó la renovación de los cargos de la Comisión Local de Pastos de este Municipio, lo que se publica para el general conocimiento.
«03.- Propuesta designación miembros de la Comisión de Pastos
Visto el escrito recibido de la Asociación Provincial de Agricultores y Ganaderos, por el que en respuesta a la petición formulada por este ayuntamiento en su día remiten la propuesta de representantes de los ganaderos y propietarios a efectos del nombramiento de la Comisión Especial de Pastos.
Visto lo dispuesto en el artículo de la Ley 7/2007, de 23 de noviembre de 2000, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras, y de conformidad con el mismo y con la propuesta de la APAG, el Pleno, por unanimidad de los dos (2) concejales presentes de los tres (3) que de derecho forman la Corporación, ACUERDA:
Nombrar a los siguientes representantes de los propietarios de tierras y ganaderos, como vocales de la Comisión Local de Pastos de Establés:
De los propietarios de tierras:
- Santiago Sanz Clares.
- José Luis Martínez Sanz.
- Luis Ángel Campos Gutiérrez.
De los ganaderos:
- Javier Martínez Gutiérrez.
- Alejandro Paracuellos Orea.
- José Carlos Martínez Gutiérrez.
Presidente de la Comisión Local de Pastos D. Alejandro Martínez Concha».
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el [Alcalde/Pleno] de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Establés, a 28 de diciembre de 2023. El Alcalde, Alejandro Martínez Concha.