AYUNTAMIENTO DE VALDARACHAS
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Aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al Remanente de Tesorería, al haber transcurrido el plazo de exposición al público sin que se hayan presentado reclamaciones. Se hace público el resumen por capítulos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, ambos del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
La aplicaciones presupuestaria de gasto que incrementan crédito son las siguientes:
Sig. |
Prog. |
Económ. |
R.F. |
Importe |
Texto Explicativo |
0 |
155 |
619 |
5 |
8.770,00 |
Vías Públicas. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general. |
0 |
920 |
250 |
5 |
700,00 |
Administración general. Trabajos realizados por otras administraciones públicas. |
La aplicación de ingresos que financia el gasto es la siguiente:
C.Ope. |
Signo |
Económica |
Importe |
Texto Explicativo |
020 |
0 |
87000 |
9.470,00 |
REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES. |
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Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Valdarachas a 27 de diciembre de 2023, LA ALCALDESA, Fdo.: Beatriz Troyano Martínez.