MANCOMUNIDAD BRIHUEGA - ALAMINOS
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En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 51 del Real ecreto2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación con el artículo 23.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el acuerdo del Pleno de la Mancomunidad de Recogida de Residuos Sólidos de Brihuega y Alaminos, de fecha 15/11/2023, de delegación de atribuciones de facultades al Presidente de la Entidad en el expediente 14/2023, cuyo contenido es el siguiente:
“PUNTO SEGUNDO.- CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA SEPARADA, CARGA Y TRANSPORTE DE BASURAS.
(...)
SÉPTIMO. Facultar a la Presidencia para que designe a los miembros de la mesa de contratación y publicar su composición en el perfil de contratante, conforme figura en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
OCTAVO. Facultar a la Presidencia para aceptar la propuesta de la mesa de contratación y para que los servicios correspondientes requieran al licitador que haya presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa requerida en los Pliegos.”
En Brihuega, a 11 de diciembre de 2023. El Presidente, Luis M. Viejo Esteban.