AYUNTAMIENTO DE MALAGUILLA
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El Pleno del Ayuntamiento de Malaguilla, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2023, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de crédito SC/02/2023, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de tesorería del ejercicio 2022, con el siguiente resumen:
Suplementos en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Créditos |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
150 |
131 |
Acceso a núcleos pob./Personal laboral temporal
|
14.500 |
3.000 |
17.500 |
231 |
131 |
Asistencia social primaria. Laboral temporal
|
36.000 |
5.000 |
41.000 |
920 |
131 |
Administración General. Laboral Temporal |
7.600 |
5.000 |
12.600 |
920 |
160 |
Administración General. Seguridad Social |
8.500 |
2.000 |
10.500 |
231 |
22799 |
Plan Corresponsables |
11.000 |
2.000 |
13.000 |
338 |
22699 |
Actividades culturales y deportivas |
15.000 |
15.000 |
30.000 |
161 |
463 |
Agua. A mancomunidades |
24.000 |
6.000 |
30.000 |
|
|
TOTAL |
116.600 |
38.000 |
154.600 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplementos en concepto de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
87 |
870 |
Remanente de tesorería |
38.000 |
|
|
|
TOTAL INGRESOS |
38.000 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad [http://Malaguilla.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Malaguilla, a 28 de noviembre de 2023. Fdo. El Alcalde-Presidente: Ángel Aparicio Plaza