AYUNTAMIENTO DE POZO DE ALMOGUERA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del precio público por prestación de servicios en la piscina municipal , cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“ARTÍCULO 4. CUANTÍA.
1.- Las cuantías del presente precio público serán la siguientes :
ABONOS DE TEMPORADA | |
MATRIMONIO CON HIJOS HASTA 14 AÑOS | 120 EUROS |
UN ADULTO CON HIJOS HASTA 14 AÑOS | 96 EUROS |
ADULTO | 60 EUROS |
INFANTIL HASTA 14 AÑOS | 36 EUROS |
ABONOS DE 20 BAÑOS | |
ADULTOS | 48 EUROS |
INFANTIL-HASTA 14 AÑOS | 30 EUROS |
ENTRADAS DIARIAS | |
ADULTOS | 4 EUROS |
INFANTIL-HASTA 14 AÑOS | 2 EUROS |
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pozo de Almoguera , a 20 de noviembre de 2023 . Fdo : Jesús Salvador Adán Murillo . Alcalde-Presidente .