AYUNTAMIENTO DE ARANZUEQUE
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Habiéndose tramitado, en este Ayuntamiento de Aranzueque, procedimiento de modificación de la de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, en el ámbito de los bienes inmuebles de naturaleza rústica, el Pleno de esta Entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 26/09/2023, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica de esta entidad (dirección https://aranzueque.sedelectronica.es).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Aranzueque, a 27 de septiembre de 2023. Fdo. Alcalde-Presidente. Andrés Mariano Martínez Clavel.