MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
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En relación con el procedimiento iniciado para la aprobación de la Tarifas de Utilización del Agua y de los Cánones de Regulación correspondientes al ejercicio 2024 y cumplido el trámite previsto en el art. 309 del Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se procede a un período de información pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril (B.O.E. 30-4-86), se formulan las presentes Tarifas de Utilización del Agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas del Canal de Tarifa de Utilización del Agua de Almoguera - Mondejar. Año 2024
- Tarifa de Utilización del Agua para usos varios distintos de riego (€/m3) .................. 0,017692
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, Avda. de Portugal, 81 - 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Asimismo, se podrá consultar el indicado Estudio para Elaboración de las Tarifas y Cánones de Regulación de la cuenca del Tajo para 2024, en el siguiente enlace http://www.chtajo.es/Servicios/Recaudacion/TarifasYCanones/Paginas/default.aspx. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Madrid a la fecha de la firma electrónica, LA SECRETARIA GENERAL,Montserrat Fernández San Miguel