AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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BASES PARA LA CONVOCATORIA POR PROMOCIÓN INTERNA DE PLAZAS DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE AZUQUECA DE HENARES
Publicada la Oferta de Empleo Público en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 241 de 21 de diciembre de 2021, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares (GU), en virtud de las competencias otorgadas por la legislación vigente, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de por promoción interna, mediante el procedimiento de concurso-oposición, en la Escala Básica, categoría de Oficial con sujeción a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas Generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir por el sistema de promoción interna y mediante el procedimiento de concurso-oposición 4 plazas en la Escala Básica, categoría de Oficial, del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento, clasificada/s en el subgrupo C-1 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1.2.- A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Estar en posesión del titulo de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como policía y la superación de un curso específico de formación programado por la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, o una antigüedad de diez años como policía. En caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia, o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. A efectos de equivalencias con los títulos de Bachiller o Técnico, deberá estarse a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación 1603/2009, de 10 de junio, publicada en el B.O.E. nº 146, de 17 de junio de 2009, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
No será necesaria la posesión de la titulación cuando se haya realizado el curso de integración previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
c) Haber permanecido, al menos, durante dos años, como funcionario de carrera en la categoría de Policía en el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
d) No encontrarse en la situación de segunda actividad.
e) No haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera obtenido la cancelación de la sanción impuesta.
f) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A o A2 y B.
h) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
2.2.- Todos los requisitos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo.
3. Solicitudes.
3.1.- La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas será facilitada por este Ayuntamiento.
3.2.- Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación.
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla la Mancha.
3.4.- La presentación de solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento o realizarse con arreglo a las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.5.- Los derechos de examen serán de 16,60 euros, a estos efectos se deberá cumplimentar el impreso facilitado por el Ayuntamiento y se presentará en cualquier Banco o Caja de Ahorros de las que actúan como entidades financieras colaboradoras en la recaudación tributaria, para su validación mediante impresión mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada.
4. Admisión de personas aspirantes.
4.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y el en la web municipal, recogiendo la relación provisional de aspirantes excluidos e indicando las causas de exclusión y el lugar donde se encuentra expuesta al público la relación provisional de aspirantes admitidos. Los aspirantes provisionalmente excluidos tendrán un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos causantes de su exclusión
4.2.- Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, el mismo órgano que aprobó las relaciones provisionales dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, y señalando la fecha, hora y lugar para el inicio de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y el en la web municipal conteniendo las relaciones definitivas de aspirantes excluidos y el lugar donde se exponen al público las relaciones definitivas de aspirantes admitidos.
5. Tribunal Calificador
5.1.- El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas se compondrá de la siguiente forma:
Presidente: un funcionario público de carrera designado por el órgano convocante.
Secretario: el de la Corporación o funcionario que se designe como sustituto, que actuará con voz y sin voto.
Vocales: Cuatro funcionarios, entre los que se encontrará la persona que ostente la jefatura de la Policía Local o funcionario que se designe en su sustitución y un funcionario propuesto por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer la titulación necesaria para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera pertenecientes a cuerpos, escalas y categorías de nivel igual o superior al de las plazas convocadas.
5.2.- La designación de la vocalía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas deberá efectuarse en el plazo de los veinte días hábiles siguientes al de la recepción de la correspondiente solicitud. Si transcurriera dicho plazo sin que se hubiese efectuado la correspondiente designación, la Corporación podrá proceder a designar dicha vocalía entre su propio personal, siempre que posean igualmente los requisitos indicados, dando cuenta de dicha decisión a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
5.3.- El nombramiento de los miembros del Tribunal Calificador incluirá el de sus respectivos suplentes, a quienes les será de aplicación las mismas prescripciones.
5.4.- El presidente del Tribunal Calificador podrá designar asesores para todas o algunas de las pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueren nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.5.- Para la valida actuación del Tribunal Calificador será necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del presidente y secretario o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.6.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por los aspirantes.
5.7.- El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. Sistema selectivo.
6.1.- La selección de los aspirantes se realizará por el sistema de concurso-oposición y constará de:
a) Proceso selectivo:
- Fase de oposición
- Fase de concurso
c) Curso selectivo.
6.2.- La fase de oposición constará de las tres pruebas siguientes, obligatorias y eliminatorias, a excepción de la primera que no será eliminatoria, a celebrar por el orden siguiente:
Primera prueba: aptitud física. Estará dirigida a comprobar las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia de los aspirantes. Consistirá en las pruebas previstas en el anexo I. Previamente a la celebración de estás, cada aspirante deberá presentar un certificado médico, expedido con una antelación no superior a treinta días hábiles en relación con la fecha de realización de las pruebas, en el que se exprese que la persona aspirante está capacitada para realizarlas. Se calificará de cero a cinco puntos, atendiendo a las marcas de referencia previstas en el anexo I, no siendo eliminatoria.
Las aspirantes que no puedan realizar las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente acreditados, podrán realizar posteriormente las mencionadas pruebas físicas, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de la documentación prevista en la base 9.1 de la convocatoria.
Segunda prueba: conocimientos, que se dividirá en dos partes a celebrar en la misma sesión.
- Test de conocimientos. Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas propuesto por el Tribunal Calificador de entre las materias que figuran en el programa de la convocatoria (anexo II). Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. El número de preguntas no podrá ser inferior a setenta ni superior a noventa, y el tiempo para la realización de la prueba será de setenta y cinco minutos. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla.
El número de preguntas relativas a cada una de las partes (general y especial) no podrá ser inferior a 70 preguntas 35 de la parte general y 35 de la específica y 6 preguntas adicionales en reserva por si hubiese alguna erróneamente formulada.
Una vez celebrada la prueba se hará pública la plantilla con la relación de las respuestas correctas a cada una de las preguntas. Dicha plantilla tendrá carácter de provisional, elevándose a definitiva tras el estudio de las alegaciones y reclamaciones que pudieran haberse formulado sobre el contenido de la prueba o de la plantilla correctora.
Quienes hayan realizado la prueba dispondrán de un plazo de tres días hábiles para formular alegaciones o dirigir reclamaciones al Tribunal Calificador sobre la plantilla correctora provisional, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por el Tribunal Calificador en sus deliberaciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla correctora definitiva.
Si los aspirantes no hubieran podido retirar el cuestionario de preguntas en el momento de realización del ejercicio, deberá hacerse público junto con la plantilla provisional.
- Supuestos prácticos. Consistente en resolver uno o varios casos prácticos relacionados con las materias que figuren en el temario de la convocatoria. Se calificará de cero a diez puntos. El tiempo para su realización será de setenta y cinco minutos y para superarla. Será necesario obtener un mínimo de cinco puntos.
Tercera prueba: prueba psicotécnica. Se incluirá una entrevista de este carácter, así como dos test dirigidos a determinar las aptitudes y actitudes de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones de su categoría:
- Test de inteligencia general y aptitudes en el que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, atención-percepción, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa, resistencia a la fatiga intelectual y memoria visual.
- Test de personalidad y capacidades en el que se valorará la estabilidad emocional, autoconfianza, habilidades interpersonales, capacidad de adaptación a las normas, capacidad de afrontamiento al estrés, motivación por el trabajo policial, capacidad de liderazgo, organización, planificación y toma de decisiones.
Esta prueba se evaluará con un cuadernillo de preguntas que engloba las distintas escalas, todas ellas con 4 alternativas de respuesta entre las que sólo una es la correcta. El tiempo de aplicación será el que determine el Tribunal con el equipo asesor, y se comunicará a los opositores previamente al inicio de la prueba. Las preguntas erróneas no restan. La puntuación directa en estas pruebas se calculará bajo la siguiente fórmula:
Puntuación Directa = nº de aciertos.
Una vez calculadas las puntuaciones directas de las pruebas, se compararán con la distribución normal del baremo de personal de cuerpos de seguridad existente, otorgando una puntuación normalizada a cada candidato en el global de la prueba (suma de las subescalas, escala de Inteligencia General). Esta puntuación normalizada se valorará otorgando el APTO a una candidatura cuando ésta sea igual o superior a la puntuación S31.
Test de personalidad y capacidades en el que se valorará la estabilidad emocional, autoconfianza, habilidades interpersonales, capacidad de adaptación a las normas, capacidad de afrontamiento al estrés, motivación por el trabajo policial, capacidad de liderazgo, organización, planificación y toma de decisiones. El test competencial es un test psicotécnico en el cual se presentan una serie de afirmaciones que hacen alusión a las diferentes competencias/rasgos a evaluar, dando como resultado el rango en el que se encuentra la persona evaluada dentro de cada competencia. Se calculará, como en la ocasión anterior, la S en la que se encuentra la PD de la candidatura, y se contrastará con el perfil estipulado. En el test de personalidad/competencias se evaluarán los siguientes rasgos y/o competencias debiendo encontrarse dentro de una S31: CONTROL Y ESTABILIDAD Desajuste Tolerancia al Estrés Autoconcepto ADAPTACIÓN AL EQUIPO Inteligencia Social Adaptación a los cambios Trabajo en Equipo CAPACIDAD DE TRABAJO Autoexigencia profesional Dinamismo y actividad Tesón y Constancia ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS Tolerancia y flexibilidad Disponibilidad Integración Social Si NO se superase en alguna de las escalas la puntuación S fijada, se evaluaría el global de la dimensión. Si las demás escalas de la misma dimensión se encontrasen en niveles por encima del nivel requerido, se valoraría favorablemente la candidatura en caso de que la media de todas las escalas fuese mayor a esa puntuación. Se considera NO APTA la candidatura si existieran más de 6 escalas por debajo de la puntuación señalada.
Entrevista personal.- En la entrevista personal se realizarán las preguntas para valorar los aspectos relevantes para el perfil a fin de evaluar aquellas escalas que se encuentren por debajo de la puntuación solicitada para poder comprobar su posible validación. Estas candidaturas se categorizarán como VALORABLES en los resultados. La entrevista tendrá el carácter de profesional y personal, y la finalidad de comprobar la idoneidad de cada aspirante tomando como referencia factores que tienen incidencia directa en la función policial a desarrollar.
Sera realizada por al menos una persona integrante del tribunal calificador y con el asesoramiento de los especialistas que se estimen necesarios. Las cuestiones que se planteen por el tribunal irán encaminadas a determinar la idoneidad de las personas aspirantes para el desarrollo futuro de las funciones policiales. La entrevista se evaluara atendiendo a los resultados y conclusiones obtenidos exclusivamente durante su transcurso, sin perjuicio de que a efectos de lograr la mayor utilidad de la misma, se puedan utilizar los resultados del test de personalidad y capacidades realizado previamente, de modo que sirvan como información complementaria. En ningún caso la evaluación del resultado de la entrevista vendrá condicionada o vinculada de modo exclusivo a las pruebas de personalidad, ya que constituyen un elemento previo para que el Tribunal pueda orientar, si lo estima conveniente, el contenido de esta. La prueba en su totalidad se calificará como apto o no apto
Se calificará de apto o no apto.
6.3.- En la fase de concurso[1], la evaluación se efectuará conforme al siguiente baremo:
1) Un máximo de dos puntos por antigüedad:
- Por cada año completo de antigüedad en la categoría de policía o superior: 0,20 puntos.
- Por cada año completo de antigüedad prestado en otras fuerzas y cuerpos de seguridad: 0,10 puntos
- Por cada año completo de antigüedad prestado en cualquier Administración Pública: 0,05 puntos, con el límite de 0,50 puntos.
2) Un máximo de dos puntos por cursos de formación en el área de seguridad:
- Asistencia a jornadas o congresos y simposiums de interés policial: 0,10 puntos por cada uno.
- Cursos oficiales impartidos por Administraciones Públicas relacionados con las funciones de Policía Local, hasta 20 horas lectivas: 0,20 puntos cada uno; de entre 21 y 40 horas lectivas: 0,30 puntos por cada uno; superiores a 40 horas lectivas: 0,50 puntos cada uno.
- Por haber impartido cursos, seminarios o simposiums de interés policial como profesor: 0,50 puntos por cada uno impartido de entre 7 y 21 horas y 0,75 puntos de 22 en adelante.
3) Un máximo de un punto por los títulos académicos siguientes:
- Doctor o Master: 1 punto.
- Licenciado o Grado: 0,90 puntos.
- Diplomado en criminología: 0,80 puntos.
- Cualquier otra Diplomatura: 0,70 puntos.
- Técnico Superior: 0,50 puntos.
No se valorarán aquellas titulaciones que fueran imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior.
4) Un máximo de un punto por las condecoraciones recibidas como consecuencia de actuaciones profesionales.
6.4.- La puntuación final, en orden a determinar las personas aspirantes que superan el proceso selectivo, vendrá determinada por la suma de la obtenida en los ejercicios de la fase de oposición y la puntuación total obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la prueba de conocimientos de la fase de oposición. De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de las personas aspirantes a que se refiere la base 7.3.
6.6.- La fecha del primer ejercicio de la fase de oposición se publicará en la página web municipal.
7. Desarrollo de los ejercicios.
7.1.- En cualquier momento el Tribunal Calificador podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.
7.2.- Los aspirantes serán convocadas en llamamiento único para cada una de las pruebas de la fase de oposición. Decaerán en su derecho quienes no comparezcan a su realización, salvo en casos de fuerza mayor y otros excepcionales que no afecten al normal desarrollo del proceso, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
7.3.- El orden de actuación, cuando no se traté de pruebas simultáneas, vendrá dado por la letra “T” según Resolución de 15/11/2022, de la Dirección General de la Función Pública, para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
7.4.- Cuando sea compatible con la realización de las pruebas, éstas se realizarán de formas que quede garantizada el anonimato de los aspirantes.
7.5.- La duración máxima de la fase del proceso selectivo no excederá de seis meses, contados desde la fecha de realización de la primera prueba.
7.6.- Entre la conclusión de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.
7.7.- La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de la segunda y restantes pruebas de la fase de oposición se efectuará por el Tribunal Calificador en la sede electrónica www.azuqueca.es , con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas.
7.8.- Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal Calificador que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponerse su exclusión al Presidente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8. Lista de personas aprobadas.
8.1.- Concluidas cada una de las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal Calificador hará públicas en la sede electrónica www.azuqueca.es, la relación de los aspirantes que hayan superado cada una de ellas.
8.2.- Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, elevando al órgano convocante la propuesta de los aspirantes que deberán realizar el curso selectivo.
8.3.- El Tribunal Calificador no podrá proponer para la realización del curso selectivo un mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, cuando se produzca alguna renuncia de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios en prácticas en la respectiva categoría, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal Calificador, una relación complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas en la categoría.
9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionario o funcionaria en prácticas
9.1.- Los aspirantes propuestos presentarán dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se haga pública la relación de personas aprobadas prevista en el apartado 8.2, los documentos acreditativos de reunir las condiciones para tomar parte en el procedimiento selectivo que se exigen en la convocatoria, estando exentos de justificar las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
9.2.- Si dentro del plazo indicado y salvo causa de fuerza mayor, las personas aprobadas propuestas no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo.
9.3.- Los aspirantes que superen el proceso selectivo, y acrediten reunir los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados funcionarios en prácticas. Esta situación se mantendrá hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.
10. Curso selectivo y nombramiento de funcionario o funcionarias de carrera.
10.1.- Para adquirir la condición de funcionario o de carrera será preciso superar un curso selectivo de la categoría de Oficial en la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, salvo que el aspirante ya hubiese superado con anterioridad el curso correspondiente y obtenga la correspondiente convalidación.
10.2.- La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas homologará parte o la totalidad del curso selectivo a aquellos aspirantes que lo soliciten acreditando haber superado el contenido de las materias que lo integran en otra Escuela de Policía, ya sea local, autonómica o estatal.
10.3.- El contenido del curso selectivo se ajustará a la adquisición de conocimientos y al desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes necesarias para el desempeño de los puestos de trabajo correspondiente a la categoría de Oficial.
10.4.- Recibido el informe de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento procederá al nombramiento de funcionario o funcionaria de carrera en el plazo de quince días hábiles.
10.5.- El orden de prelación en el procedimiento selectivo se obtendrá de la suma de las notas obtenidas en el proceso selectivo y en el curso selectivo.
10.6.- Para adquirir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Policía Local de Azuqueca de Henares, el Ayuntamiento exigirán a las personas aspirantes, además del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, las siguientes condiciones:
a) Aceptación del compromiso de portar armas, así como de utilizarlas en caso necesario.
b) Toma de posesión del puesto adjudicado en el plazo de un mes desde que fueran nombrados, salvo que concurran causas extraordinarias que lo impidan.
c) Aceptación del compromiso de obtener el permiso de conducción de la clase A, si no estuvieran en posesión del mismo, desde el momento en que reúnan los requisitos necesarios para su obtención, si el Ayuntamiento así se lo requiriese por necesidades del servicio. Los gastos de obtención de dicho permiso de conducción serán por cuenta del propio personal funcionario.
11. Norma final.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, o previamente, recurso potestativo de reposición, ante el órgano administrativo que dictó la presente convocatoria, en el plazo de un mes, en ambos supuestos, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, según establecen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente
ANEXO I
CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICIA LOCAL AZUQUECA DE HENARES (GU).
PRIMERA PRUEBA: APTITUD FÍSICA
PRUEBAS FÍSICAS
1. Consistirán en la realización de las cuatro pruebas siguientes:
1. CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
2. CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)
3. SALTO DE LONGITUD (pies juntos)
4. LANZAMIENTO DE BALON MEDICINAL de 4kg. para los hombres y 3 kg. para las mujeres.
2. Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas.
3. Desarrollo de las pruebas:
CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS
3.1.1. Disposición.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.
3.1.2. Ejecución
La propia de una carrera de velocidad
3.1.3. Medición.
Deberá ser manual, con cronómetro.
3.1.4. Intentos.
Se efectuará un sólo intento.
3.1.5. Invalidaciones.
De acuerdo con el Reglamento de la FIAA
3.1.6. Marcas de referencia
Según el cuadro indicado de pruebas y marcas de referencia.
CARRERA DE RESISTENCIA DE 1.000 METROS
3.2.1. Disposición
El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.
3.2.2. Ejecución.
La propia de este tipo de carrera.
3.2.3. Medición.
Se tendrá en cuenta lo dicho para la carrera de velocidad.
3.2.4. Intentos.
Un sólo intento.
3.2.5. Invalidaciones.
De acuerdo con el Reglamento de la FIAA
3.2.6. Marcas de referencia
Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
SALTO DE LONGITUD CON LOS PIES JUNTOS
3.3.1. Disposición.
El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0’05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de saltos y a una distancia de 0’05 metros al borde anterior del mismo.
3.3.2. Ejecución
Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.
3.3.3. Medición
Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última huella que deje el cuerpo del aspirante sobre la arena del foso.
3.3.4. Intentos
Puede realizar tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.3.5. Invalidaciones.
El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.
Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión.
Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
3.3.6. Marcas de referencia.
Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
3.4.1. Disposición.
Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza.
3.4.2. Ejecución
Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento.
3.4.3. Medición
Deberá ser manual.
3.4.4. Intentos
Tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.4.5. Invalidaciones.
Levantar los pies del suelo en su totalidad.
Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.
3.4.6. Marcas de referencia
Cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia
4. Marcas de referencia
Carrera de velocidad (60 metros)
Cuadro de marcas en segundos(´´) y su puntuación (hombres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Mas de 55 años |
0 |
Mas de 9,8´´ |
Más de 10,3´´ |
Más de 10,6´´ |
Más de 10,9´´ |
Más de 11,11´´ |
Más de 11,4´´ |
0,5 |
Más de 9,6´´ hasta 9,8´´ |
Más de 10,1´´ hasta 10,3´´ |
Más de 10,4´´ hasta 10,6´´ |
Más de 10,7´´ hasta 10,9´´ |
Más de 10,9´´ hasta 11,1´´ |
Más 11,2´´ hasta 11,4´´ |
1 |
Más de 9,4´´ hasta 9,6´´ |
Más de 9,9´´ hasta 10,1´´ |
Más de 10,2´´ hasta 10,4´´ |
Más de 10,5´´ hasta 10,7´´ |
Más de 10,7´´ hasta 10,9´´ |
Más de 11´ hasta 11,2´´ |
1,5 |
Más de 9,2´´ hasta 9,4´´ |
Más de 9,7´´ hasta 9,9´´ |
Más de 10´´ hasta 10,2´´ |
Más de 10,3´´ hasta 10,5´´ |
Más de 10,5´´ hasta 10,7´´ |
Más de 10, 8´´ hasta 11´´ |
2 |
Más de 9´´ hasta 9,2´´ |
Más de 9,5´´ hasta 9,7´´ |
Más de 9,8´´ hasta 10´´ |
Más de 10,1´´ hasta 10,3´´ |
Más de 10,3´´ hasta 10,5´´ |
Más de 10,6´´ hasta 10,8´´ |
2,5 |
Más de 8,4´´ hasta 9´´ |
Más de 8,9´´ hasta 9,5,´´ |
Más de 9,2´´ hasta 9,8´´ |
Más de 9,5´´ hasta 10,1´´ |
Más de 9,7´´ hasta 10,3´´ |
Más de 10´´ hasta 10,6´´ |
3 |
Más de 7,9´´ hasta 8,4´´ |
Más de 8,4´´ hasta 8,9´´ |
Más de 8,7´´ hasta 9,2´´ |
Más de 9´´ hasta 9,5´´ |
Más de 9,2´´ hasta 9,7´´ |
Más de 9,5´´ hasta 10´´ |
3,5 |
Más de 7,6´´ hasta 7,9´´ |
Más de 8,1´´ hasta 8,4´´ |
Más de 8,4´´ hasta 8,7´´ |
Más de 8,6´´ hasta 9´´ |
Más de 8,8´´ hasta 9,2´´ |
Más de 9,1´´ hasta 9,5´´ |
4 |
Más de 7,2´´ hasta 7,6´´ |
Más de 7,7´´ hasta 8,1´´ |
Más de 8´´ hasta 8,4´´ |
Más de 8,4´´ hasta 8,6´´ |
Más de 8,6´´ hasta 8,8´´ |
Más de 8,9´´ hasta 9,1´´ |
4,5 |
Más de 6,4´´ hasta 7,2 |
Más de 6,9´´ hasta 7,7´´ |
Más de 7,2´´ hasta 8´´ |
Más de 7,6´´ hasta 8,4´´ |
Más de 7,8´´ hasta 8,6´´ |
Más de 8,1´´ hasta 8,9´´ |
5 |
6,4´´ o menos |
6,9´´ o menos |
7,2´´ o menos |
7,6´´ o menos |
7,8´´ o menos |
8,1´´ o menos |
Carrera de velocidad (60 metros)
Cuadro de marcas en segundos (´´) y su puntuación (mujeres). |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Mas de 55 años |
0 |
Más de 11,8´´ |
Más de 12,2´´ |
Más de 12,6´´ |
Más de 13,1´´ |
Más de 13,4´´ |
Más de 13,8´´ |
0,5 |
Más 11,4´´ hasta 11,8´´ |
Más de 12´´ hasta 12,2´´ |
Más de 12,3´´ hasta 12,6´´ |
Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ |
Más de 13,1´´ hasta 13,4´´ |
Más de 13,5´´ hasta 13,8´´ |
1 |
Más de 11´´ hasta 11,4´´ |
Más de 11,8´´ hasta 12´´ |
Más de 12´´ hasta 12,3´´ |
Más de 12,5´´ hasta 12,8´´ |
Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ |
Más de 13,1´´ hasta 13,5´´ |
1,5 |
Más de 10, 8´´ hasta 11´´ |
Más de 11,4´´ hasta 11,8´´ |
Más de 11,8´´ hasta 12´´ |
Más de 12,2´´ hasta 12,5´´ |
Más de 12,5´´ hasta 12,8´´ |
Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ |
2 |
Más de 10,4´´ hasta 10,8´´ |
Más de 10,9´´ hasta 11,4´´ |
Más de 11,4´´ hasta 11,8´´ |
Más de 11,9´´ hasta 12,2´´ |
Más de 12,3´´ hasta 12,5´´ |
Más de 12,6´´ hasta 12,8´´ |
2,5 |
Más de 10´´ hasta 10,4´´ |
Más de 10,5´´ hasta 10,9´´ |
Más de 11´´ hasta 11,4´´ |
Más de 11,3´´ hasta 11,9´´ |
Más de 12´´ hasta 12,3´´ |
Más de 12,2´´ hasta 12,6´´ |
3 |
Más de 9,5´´ hasta 10´´ |
Más de 10,1´´ hasta 10,5´´ |
Más de 10,5´´ hasta 11´´ |
Más de 10,8´´ hasta 11,3´´ |
Más de 11,4´´ hasta 12´´ |
Más de 11,7´´ hasta 12,2´´ |
3,5 |
Más de 9,1´´ hasta 9,5´´ |
Más de 9,6´´ hasta 10,1´´ |
Más de 10,1´´ hasta 10,5´´ |
Más de 10,3´´ hasta 10,8´´ |
Más de 10,8´´ hasta 11,4´´ |
Más de 11´´ hasta 11,7´´ |
4 |
Más de 8,9´´ hasta 9,1´´ |
Hasta 9´´ hasta 9,6´´ |
Más de 9,5´´ hasta 10,1´´ |
Más de 9,6´´ hasta 10,3´´ |
Más de 10´´ hasta 10,8´´ |
Más de 10,3´´ hasta 11´´ |
4,5 |
Más de 8,1´´ hasta 8,9´´ |
Más de 8,4´´ hasta 9´´ |
Más de 8,7 hasta 9,5´´ |
Más de 9´´ hasta 9,6´´ |
Más de 9,4´´ hasta 10´´ |
Más de 9,6´´ hasta 10,3´´ |
5 |
8,1´´ o menos |
8,4´´ o menos |
8,7´´ o menos |
9´´ o menos |
9,4´´ o menos |
9,6´´ o menos |
Carrera de resistencia (1.000 metros)
Cuadro de marcas en minutos (´) y segundos( ´´) y su puntuación (hombres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Mas de 55 años |
0 |
Mas de 5´05´´ |
Más de 5´30´´ |
Más de 5´40´´ |
Más de 5´50´´´ |
Más de 6´00´´ |
Más de 6´10´´ |
0,5 |
Más de 4´55´´ hasta 5´05´´ |
Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ |
Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ |
Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ |
Más de 5´50´´ hasta 6´00´´ |
Más de 6´00´´ hasta 6´10´´ |
1 |
Más de 4´45´´ hasta 4´55´´ |
Más de 5´10´´ hasta 5´20´´ |
Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ |
Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ |
Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ |
Más de 5´50´´ hasta 6´00´´ |
1,5 |
Más de 4´35´´ hasta 4´45´´ |
Más de 5´00´´ hasta 5´10´´ |
Más de 5´10´´ hasta 5´20´´ |
Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ |
Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ |
Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ |
2 |
Más de 4´20´´ hasta 4´35´ |
Más de 4´45´´ hasta 5´00´´ |
Más de 4,55´´ hasta 5´10´´ |
Más de 5´05´´ hasta 5´20´´ |
Más de 5´15´´ hasta 5´30´´ |
Más de 5´25´´ hasta 5´40´´ |
2,5 |
Más de 3´25´´ hasta 4´20´´ |
Más de 3´50´´ hasta 4´45´´ |
Más de 4´00´ hasta 4´55´´ |
Más de 4´10´´ hasta 5´05´´ |
Más de 4´20´´ hasta 5´15´´ |
Más de 4´30´´ hasta 5´25´´ |
3 |
Más de 2´45´´ hasta 3´25´´ |
Más de 3´10´´ hasta 3´50´´ |
Más de 3´20´´ hasta 4´00´´ |
Más de 3´30´´ hasta 4´10´´ |
Más de 3´40´´ hasta 4´20´´ |
Más de 3´50´´ hasta 4´30´´ |
3,5 |
Más de 2,33´´ hasta 2´45´´ |
Más de 2´58´´ hasta 3´10´´ |
Más de 3´08´´ hasta 3´20´´ |
Más de 3´18´´ hasta 3´30´´ |
Más de 3´28´´ hasta 3´40´´ |
Más de 3´38´´ hasta 3´50´´ |
4 |
Más de 2´27´´ hasta 2´33´´ |
Más de 2´52´´ hasta 2´58´´ |
Más de 3´02´´ hasta 3´08´´ |
Más de 3´12´´ hasta 3´18´´ |
Más de 3´22´´ hasta 3´28´´ |
Más de 3´32´´ hasta 3´38´´ |
4,5 |
Más de 2´13´´ hasta 2´27´´ |
Más de 2´38´´ hasta 2´52´´ |
Más de 2´48´´ hasta 3´02´ |
Más de 2´58´´ hasta 3´12´´ |
Más de 3´08´´ hasta 3´22´´ |
Más de 3´18´´ hasta 3´32´´ |
5 |
2´13´´ o menos |
2´38´´ o menos |
2´48´´ o menos |
2´58´´ o menos |
3´08´´ o menos |
3´18´´ o menos |
Carrera de resistencia (1.000 metros)
Cuadro de marcas en minutos (´) y segundos(´´) y su puntuación (mujeres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Mas de 55 años |
0 |
Más de 6´10´´ |
Más de 6´30´´ |
Más de 6´40´´ |
Más de 6´50´´ |
Más de 7´00´´ |
Más de 7´20´´ |
0,5 |
Más de 5´50´´ hasta 6´10´´ |
Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ |
Más de 6´20´´ hasta 6´40´´ |
Más de 6´30´´ hasta 6´50´´ |
Más de 6´45´´ hasta 7´00´´ |
Más de 7´05´´ hasta 7´20´´ |
1 |
Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ |
Más de 5´50´´ hasta 6´10´´ |
Más de 6´00´´ hasta 6´20´´ |
Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ |
Más de 6´30´´ hasta 6´45´´ |
Más de 6´50´´ hasta 7´05´´ |
1,5 |
Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ |
Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ |
Más de 5´45´´ hasta 6´00´´ |
Más de 5´55´´ hasta 6´10´´ |
Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ |
Más de 6´35´´ hasta 6´50´´ |
2 |
Más de 4´55´´ hasta 5´20´´ |
Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ |
Más de 5´30´´ hasta 5´45´´ |
Más de 5´40´´ hasta 5´55´´ |
Más de 5´55´´ hasta 6´10´´ |
Más de 6´20´´ hasta 6´35´´ |
2,5 |
Más de 4´30´´ hasta 4´55´´ |
Más de 5´00´´ hasta 5´20´´ |
Más de 5´10´´ hasta 5´30´´ |
Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ |
Más de 5´30´´ hasta 5´55´´ |
Más de 5´45´´ hasta 6´20´´ |
3 |
Más de 4´10´´ hasta 4´30´´ |
Más de 4´45´´ hasta 5´00´´ |
Más de 4,50´´ hasta 5,10´´ |
Más de 5´00´´ hasta 5´20´´ |
Más de 5´10´´ hasta 5´30´´ |
Más de 5´30´´ hasta 5´45´´ |
3,5 |
Más de 3´50´´ hasta 4´10´´ |
Más de 4´20´´ hasta 4´45´´ |
Más de 4,30´´ hasta 4´50´´ |
Más de 4´40´´ hasta 5´00´´ |
Más de 4´50´´ hasta 5´10´´ |
Más de 5´05´´ hasta 5´30´´ |
4 |
Más de 3´35´´ hasta 3´50´´ |
Más de 3´55´´ hasta 4´20´´ |
Más de 4´00´´ hasta 4´30´´ |
Más de 4´20´´ hasta 4´40´´ |
Más de 4´30´´ hasta 4´50´´ |
Más de 4´45´´ hasta 5´05´´ |
4,5 |
Más de 3´20´´ hasta 3´35´´ |
Más de 3´35´´ hasta 3´55´´ |
Más de 3´45´´ hasta 4´00´´ |
Más de 3´55´´ hasta 4´20´´ |
Más de 4´05´´ hasta 4´30´´ |
Más de 4´15´´ hasta 4´45´´ |
5 |
3´20´´ o menos |
3´35´´ o menos |
3´45´´ o menos |
3´55´´ o menos |
4´05´´ o menos |
4´15´´ o menos |
Salto de longitud con los pies juntos
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Mas de 55 años |
0 |
Menos de 1,5 m. |
Menos de 1,3 m. |
Menos de 1,2 m. |
Menos de 1,1 m. |
Menos de 1m. |
Menos de 0,9 m. |
0,5 |
De 1,5 m a 1,6 m. |
De 1,3 a 1,4 m. |
De 1,2 a 1,3 m. |
De 1,1 m a 1,2 m. |
De 1 a 1,1 m. |
De 0,9 a 1 m. |
1 |
Más de 1,6 a 1,7 m |
Más de 1,4 a 1,5 m. |
Más de 1,3 a 1,4 m. |
Más de 1,2 a 1,3 m |
Más de 1,1 a 1,2 m |
Más de 1 a 1,1 m. |
1,5 |
Más de 1,7 a 1,8 m. |
Más de 1,5 a 1,6 m. |
Más de 1,4 a 1,5 m. |
Más de 1,3 a 1,4 m. |
Más de 1,2 a 1,3 m. |
Más de 1,1 a 1,2 m. |
2 |
Más de 1,8 a 1,9 m. |
Más de 1,6 a 1,7 m |
Más de 1,5 a 1,6 m. |
Más de 1,4 a 1,5 m. |
Más de 1,3 a 1,4 m. |
Más de 1,2 a 1,3 m. |
2,5 |
Más de 1,9 a 2 m. |
Más de 1,7 a 1,8 m. |
Más de 1,6 a 1,7 m |
Más de 1,5 a 1,6 m. |
Más de 1,4 a 1,5 m. |
Más de 1,3 a 1,4 m. |
3 |
Más de 2 a 2,3 m. |
Más de 1,8 m a 2,1 m. |
Más de 1,7 a 2 m. |
Más de 1,6 a 1,9 m. |
Más de 1,5 a 1,8 m. |
Más de 1,4 a 1,7 m. |
3,5 |
Más de 2,3 a 2,7 m |
Más de 2,1 a 2,5 m. |
Más de 2 a 2,4 m. |
Más de 1,9 a 2,3 m. |
Más de 1,8 a 2,2 m. |
Más de 1,7 a 2,1 m. |
4 |
Más de 2,7 a 2,8 m. |
Más de 2,5 a 2,6 m. |
Más de 2,4 a 2,5 m. |
Más de 2,3 a 2,4 m. |
Más de 2,2 a 2,3 m. |
Más de 2,1 a 2,2 m. |
4,5 |
Más de 2,8 a 3,2 m. |
Más de 2,6 a 3 m. |
Más de 2,5 a 2,9 m. |
Más de 2,4 a 2,8 m. |
Más de 2,3 a 2,7 m. |
Más de 2,2 a 2,6 m. |
5 |
Más de 3,2 m. |
Más de 3 m. |
Más de 2,9 m. |
Más de 2,8 m. |
Más de 2,7 m. |
Más de 2,6 m. |
Salto de longitud con los pies juntos
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Mas de 55 años |
0 |
Menos de 1,00 m. |
Menos de 0,90 m. |
Menos de 0´80 m |
Menos de 0,75 m. |
Menos de 0,70 m |
Menos de 0,60 m. |
0,5 |
Más de 1,00 hasta 1,15 m. |
Más de 0,90 hasta 1,00 m |
Más de 0,80 hasta 0,90 m. |
Más de 0,75 hasta 0,85 m. |
Más de 0,70 hasta 0,80 m. |
Más de 0,60 hasta 0,70 m. |
1 |
Más de 1,15 hasta 1,25 m. |
Más de 1,00 hasta 1,10 m. |
Más de 0,90 hasta 1,00 m. |
Más de 0,85 hasta 0,95 m. |
Más de 0,80 hasta 0,90 m. |
Más de 0,70 hasta 0,75 m. |
1,5 |
Más de 1,25 hasta 1,40 m |
Más de 1,10 hasta 1,20 m. |
Más de 1,00 hasta 1,10 m. |
Más de 0,95 hasta 1,00 m. |
Más de 0,90 hasta 0,95 m. |
Más de 0,75 hasta 0,80 m. |
2 |
Más de 1,40 hasta 1,55 m |
Más de 1,20 hasta 1,30 m. |
Más de 1,10 hasta 1,20 m. |
Más de 1,00 hasta 1,10 m. |
Más de 0,95 hasta 1,00 m. |
Más de 0,80 hasta 0,90 m. |
2,5 |
Más de 1,55 hasta 1,70 m. |
Más de 1,30 hasta 1,50 m. |
Más de 1,20 hasta 1,40 m |
Más de 1,10 hasta 1,25 m |
Más de 1,00 hasta 1,15 m. |
Más de 0,90 hasta 1,05 m. |
3 |
Más de 1,70 hasta 1,90 m. |
Más de 1,50 hasta 1,70 m. |
Más de 1,40 hasta 1,65 m. |
Más de 1,25 hasta 1,45 m. |
Más de 1,15 hasta 1,35 m. |
Más de 1,05 hasta 1,25 m. |
3,5 |
Más de 1,90 hasta 2,10 m. |
Más de 1,70 hasta 1,95 m. |
Más de 1,65 hasta 1,90 m. |
Más de 1,45 hasta 1,70 m. |
Más de 1,35 hasta 1,60 m. |
Más de 1,25 hasta 1,45 m. |
4 |
Más de 2,10 hasta 2,35 m |
Más de 1,95 hasta 2,25 m. |
Más de 1,90 hasta 2,15 m |
Más de 1,70 hasta 2,05 m. |
Más de 1,60 hasta 1,95 m. |
Más de 1,45 hasta 1,75 m. |
4,5 |
Más de 2,35 m hasta 2,6 m. |
Más de 2,25 hasta 2,5 m. |
Más de 2,15 hasta 2,4 m. |
Más de 2,05 hasta 2,3 m. |
Más de 1,95 hasta 2,2 m. |
Más de 1,75 hasta 2,00 m. |
5 |
Más de 2,6 m. |
Más de 2,5 m. |
Más de 2,4 m. |
Más de 2,3 m. |
Más de 2,2 m. |
Más de 2,00 m. |
Lanzamiento de balón medicinal (4 kgs).
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Mas de 55 años |
0 |
Menos de 3 m. |
Menos de 2 m. |
Menos de 1,5 m. |
Menos de 1,35 m. |
Menos de 1m. |
Menos de 1 m. |
0,5 |
De 3 m a 3,5 m. |
De 2 a 2,5 m. |
De 1,5 a 2 m. |
De 1,35 m a 1,85 m. |
De 1 a 1,25 m. |
De 1 a 1,25 m. |
1 |
Más de 3,5 a 4 m. |
Más de 2,5 a 3 m. |
Más de 2 a 2,5 m. |
Más de 1,85 a 2,35 m |
Más de 1,25 a 1,75 m |
Más de 1,25 a 1,5 m. |
1,5 |
Más de 4 a 4,5 m. |
Más de 3 a 3,5 m. |
Más de 2,5 a 3 m. |
Más de 2,35 a 2,85 m. |
Más de 1,75 a 2,25 m. |
Más de 1,5 a 2 m. |
2 |
Más de 4,5 a 5 m. |
Más de 3,5 a 4 m |
Más de 3 a 3,5 m. |
Más de 2,85 a 3,35 m. |
Más de 2,25 a 2,75 m. |
Más de 2 a 2,5 m. |
2,5 |
Más de 5 a 5,5 m. |
Más de 4 a 4,5 m. |
Más de 3,5 a 4 m |
Más de 3,35 a 3,85 m. |
Más de 2,75 a 3,25 m. |
Más de 2,5 a 3 m. |
3 |
Más de 5,5 a 6 m. |
Más de 4,5 m a 5 m. |
Más de 4 a 4,5 m. |
Más de 3,85 a 4,35 m. |
Más de 3,25 a 3,75 m. |
Más de 3 a 3,5 m. |
3,5 |
Más de 6 a 7 m |
Más de 5 a 6 m. |
Más de 4,5 m a 5,5 m. |
Más de 4,35 a 5,35 m. |
Más de 3,75 a 4,75 m. |
Más de 3,5 a 4,5 m. |
4 |
Más de 7 a 8 m. |
Más de 6 a 7 m. |
Más de 5,5 a 6,5 m. |
Más de 5,35 a 6,35 m. |
Más de 4,75 a 5,75 m. |
Más de 4,5 a 5,5 m. |
4,5 |
Más de 8 a 9,5 m. |
Más de 7 a 8,5 m. |
Más de 6,5 a 8 m. |
Más de 6,35 a 7,5 m. |
Más de 5,75 a 7 m. |
Más de 5,5 a 7 m. |
5 |
Más de 9,5 m. |
Más de 8,5 m. |
Más de 8 m. |
Más de 7,5 m. |
Más de 7 m. |
Más de 7 m. |
Lanzamiento de balón medicinal (3 kgs).
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Mas de 55 años |
0 |
Menos de 2,00 m. |
Menos de 1,70 m. |
Menos de 1,50 m. |
Menos de 1,35 |
Menos de 1,00 m. |
Menos de 1,00 m. |
0,5 |
Más de 2,00 hasta 2,60 m. |
Más de 1,70 hasta 2,20 m. |
Más de 1,50 hasta 2,00 m. |
Más de 1,35 hasta 1,80 m. |
Más de 1,00 hasta 1,60 m. |
Más de 1,00 hasta 1,50 m. |
1 |
Más de 2,60 hasta 3,00 m. |
Más de 2,20 hasta 2,60 m. |
Más 2,00 hasta 2,35 m. |
Más de 1,80 hasta 2,25 m. |
Más de 1,60 hasta 1,85 m. |
Más de 1,50 hasta 1,70 m. |
1,5 |
Más de 3,00 hasta 3,35 m. |
Más de 2,60 a 3,00 m. |
Más de 2,35 hasta 2,65 m. |
Más de 2,25 hasta 2,50 m. |
Más de 1,85 hasta 2,10 m. |
Más de 1,70 hasta 2,00 m. |
2 |
Más de 3,35 hasta 3,75 m. |
Más de 3,00 hasta 3,25 m. |
Más de 2,65 hasta 3,00 m. |
Más de 2,50 hasta 2,75 m. |
Más de 2,10 hasta 2,50 m. |
Más de 2,00 hasta 2,30 m. |
2,5 |
Más de 3,75 a 4,25 m. |
Más de 3,25 a 3,75 m. |
Más de 3,00 hasta 3,50 m |
Más de 2,75 hasta 3,20 m. |
Más de 2,50 hasta 3,00 m |
Más de 2,30 a 2,75 m. |
3 |
Más de 4,25 a 5,00 m. |
Más de 3,75 a 5,00 m. |
Más de 3,50 hasta 4,50 m. |
Más de 3,20 hasta 4,00 m. |
Más de 3,00 hasta 3,75 m. |
Más de 2,75 hasta 3,50 m. |
3,5 |
Más de 5,00 a 6,00 m. |
Más de 5,00 a 6,00 m. |
Más de 4,50 m hasta 5,50 m. |
Más de 4,00 hasta 5,30 m. |
Más de 3,75 hasta 5,00 m. |
Más de 3,50 hasta 4,75 m. |
4 |
Más de 6,00 a 7,00 m. |
Más de 6,00 hasta 7,00 m. |
Más de 5,50 hasta 6,50 m. |
Más de 5,30 hasta 6,30 m. |
Más de 5,00 hasta 6,00 m. |
Más de 4,75 hasta 6,00 m. |
4,5 |
Más de 7,00 hasta 8,5 m. |
Más de 7,00 hasta 8,3 m. |
Más de 6,50 hasta 8,1 m. |
Más de 6,30 hasta 7,5 m. |
Más de 6,00 hasta 7,00 m. |
Más de 6,00 hasta 7,00 m. |
5 |
Más de 8,5 m. |
Más de 8,3 m. |
Más de 8,1 m. |
Más de 7,5 m. |
Más de 7,00 m. |
Más de 7,00 m. |
ANEXO II
CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LODCAL DE AZUQUECA DE HENARES
SEGUNDA PRUEBA: CONOCIMIENTOS
Programa
PARTE GENERAL
TEMA 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
TEMA 2.- Las Cortes Generales: las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La Corona.
TEMA 3.- El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
TEMA 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.
TEMA 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.
TEMA 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.
TEMA 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
TEMA 8.- El Derecho administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.
TEMA 9.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.
TEMA 10.- El procedimiento administrativo: Concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–Administrativo contra los actos y disposiciones de las Entidades Locales.
TEMA 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
TEMA 12.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.
TEMA 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.
TEMA 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: Condiciones y requisitos de organización y celebración de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.
TEMA 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los Órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros Órganos. Competencias municipales.
TEMA 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.
TEMA 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local. Régimen disciplinario de los Cuerpos de Policía Local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.
TEMA 18.- Políticas de igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la Igualdad efectiva de mujeres y hombre. Objeto y ámbito de la Ley. El principio de Igualdad en el empleo Público
TEMA 19.- Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares .
TEMA 20.- Ordenanza municipal de protección de elementos del entorno del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares..
TEMA 21.- Ordenanza Reguladora del uso de locales de reunión privados del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Ordenanza de las Terrazas. Ordenanza de vertido de aguas residuales del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
TEMA 22.- Ordenanza de Protección Contra la Contaminación Acústica del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
PARTE ESPECIAL
TEMA 23.- La regulación de las Policías Locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El modelo Policial Español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las Juntas Locales de Seguridad.
TEMA 24.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
TEMA 25.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y Órdenes de aplicación en la materia.
TEMA 26.- La Policía Local como Policía Judicial: La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.
TEMA 27.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.
TEMA 28.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.
TEMA 29.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.
TEMA 30.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: De las agresiones sexuales. De los abusos sexuales. De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años. Del acoso sexual. De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.
TEMA 31.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.
TEMA 32.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
TEMA 33.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: Del descubrimiento y revelación de secretos. Del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.
TEMA 34.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
TEMA 35.- De los delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.
TEMA 36.- Delitos contra la Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.
TEMA 37.- Delitos contra el orden público: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.
TEMA 38.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.
TEMA 39.- La detención: Concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de Hábeas Corpus.
TEMA 40.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).
TEMA 41.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el Código Penal. Principio “non bis in idem”.
TEMA 42.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.
TEMA 43.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.
TEMA 44.-. Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.
TEMA 45.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.
TEMA 46.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.
TEMA 47.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.
TEMA 48.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico.
TEMA 49.- El Reglamento General de Conductores.
TEMA 50.- El Reglamento General de Vehículos.
TEMA 51.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan Territorial de Emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.
TEMA 52.- La Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
TEMA 53.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
TEMA 54.- La protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.
TEMA 55.- Introducción a la prevención de riesgos laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: La Ley de prevención de riesgos laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.
TEMA 56.- El Mando I. Concepto, funciones y responsabilidad. La Orden.
TEMA 57.- El Mando II. Planificación. Organización, distribución, ejecución y control del trabajo policial.
TEMA 58.- Estilos de mando. Metodología de mando. La eficacia del mando.
En Azuqueca DE Henares, a 1 de Agosto de 2023, El Alcalde; José Luis Blanco Moreno.