AYUNTAMIENTO DE TORIJA
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente Delegación de Competencias del Alcalde se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
De conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar el ejercicio de los siguientes cometidos de la Alcaldía:
MATERIAS |
CONCEJAL |
Cultura, Bienestar Social, Asociaciones y Mujer |
Carmen Camarillo González |
Deportes, Juventud, Movilidad y Transportes |
Cesar Galindo Vicente |
Urbanismo, Educación y Turismo |
Guillermo Gómez Cuadrado |
Urbanismo, Medio Ambiente y Agricultura |
Juan Nadacor Barriopedro |
SEGUNDO. La delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no incluirá la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. Comunicar la presente resolución al delegado, entendiéndose tácitamente aceptada por el mero transcurso del plazo de dos días sin rechazo expreso.
CUARTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón municipal.
QUINTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del contenido de la delegación.
En Torija, a 3 de julio de 2023. El Alcalde-Presidente, D. Álvaro Murillo Bonacho”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Torija, a 4 de julio de 2023. El Alcalde-Presidente, D. Álvaro Murillo Bonacho