JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA - CONSERJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO
1974
VISTO el texto del Acuerdo suscrita el día 1 de marzo de 2023, de una parte, por la representación empresarial y de otra, por los representantes de los trabajadores, por la que se aprueban las tablas correspondientes al año 2023, del II Convenio Colectivo de la empresa LA MANCHA 2000, S.A.U. de Guadalajara (código de convenio 19100162012016); acuerdo que tuvo entrada el 4 de mayo de 2023 en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de funcionamiento a través de medios electrónicos, de esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el Decreto 99/2013, de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo; en relación con el Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y en el resto de normativa aplicable.
ACUERDO:
Primero.- Ordenar la inscripción de las tablas correspondientes al año 2023, del II Convenio Colectivo de la empresa LA MANCHA 2000, S.A.U. de Guadalajara, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En Guadalajara, a 1 de junio de 2023. LA DELEGADA PROVINCIAL. MARIA SUSANA BLAS ESTEBAN.
ACUERDO ENTRE LA DIRECCIÓN DE LA MANCHA 2000, S.A.U. Y SU COMITÉ DE EMPRESA
En Cabanillas del Campo, a 1 de marzo de 2023
REUNIDOS:
De una parte, la representación empresarial de LA MANCHA 2000, S.A.U. (la “Empresa”), Dña. Eva Imbernón Charpentier y Dña. Melina García Malo (la “Dirección de la Empresa” o la “DE”).
De otra parte, el comité de empresa, formado por los siguientes miembros (el “Comité de Empresa” o el “CE”):
- D. Ricardo Miguel de la Fuente Marina
- D. César Romero Madrid
- Dña. Vanesa Ramírez Rodríguez
- D. Abraham El Fakir Bravo
- D. Valentín Craciun
- D. Mihai Prescureau
- Dña. Marta Asenjo Cortés
La representación empresarial y la social (ambas conjuntamente denominadas, las “Partes”), reconociéndose mutuamente capacidad para firmar el presente documento,
EXPONEN:
I.- El artículo 21 del Convenio Colectivo de la Empresa (BOP Guadalajara, nº 181 de 22 de septiembre de 2021; código de convenio 19100162012016) establece las reglas aplicables para la revisión salarial anual desde el año 2022.
II.- Las Partes acordaron el 21 de diciembre de 2022 reunirse desde enero de 2023 para negociar la subida salarial aplicable para el año 2023.
La Empresa se comprometió a presentar un ofrecimiento inicial de una subida salarial de un 4% sobre el salario base aplicable desde el mes de enero de 2023. Esta subida fue efectiva desde dicho mes.
Las Partes se han reunido en enero y febrero de 2023 para negociar dicha subida salarial aplicable para el año 2023.
III.- Fruto de las conversaciones mantenidas entre la DE y el Comité de Empresa, resultan (i) un acuerdo para modificar ciertos puntos del Acuerdo de Pluses de enero de 2022 (en concreto, la eliminación del plus transporte aplicable a los grupos profesionales 2 a 6) y (ii) los siguientes
ACUERDOS:
PRIMERO.- Con efectos retroactivos de 1 de enero de 2023, el salario base se incrementará (i) en un 5% respecto del salario base aplicable en 2022 y (ii) en el importe correspondiente al plus transporte, regulado en el Acuerdo de Pluses de enero de 2022, incrementado igualmente en un 5%, que las Partes han acordado consolidar en el salario base, para los grupos profesionales 2 a 6, que recibían tal plus conforme a dicho Acuerdo.
La tabla salarial aplicable al año 2023 resultante de lo anterior es la siguiente:
GRUPO |
NIVEL |
Salario base 2023 |
GRUPO 1 PUESTOS GENERALES |
NIVEL 1 |
25.770,79 € |
NIVEL 2 |
20.149,37 € |
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GRUPO 2. MANDOS DE LOGÍSTICA |
Nivel 1. Jefe Área |
29.371,54 € |
Nivel 1. Capataz |
25.337,41 € |
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Nivel 2. Jefe Equipo |
21.933,09 € |
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GRUPO 3. TÉCNICOS |
Nivel 1.Técnico |
22.957,35 € |
Nivel 2.Técnico |
20.458,56 € |
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GRUPO 4. ADMINISTRACIÓN |
Nivel 1. (Oficial Admón.) |
20.911,49 € |
Nivel 2. (Aux. Admón.) |
19.552,47 € |
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GRUPO 5. ATENCIÓN TELEFÓNICA |
Nivel 1. (Teleoperador) |
17.400,56 € |
Nivel 2. (Telefonista) |
16.207,23 € |
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GRUPO 6. LOGÍSTICO |
Nivel 1. (Carretillero) |
19.969,36 € |
Nivel 2. Iniciación Carretillero |
18.908,86 € |
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Nivel 1. (Operario Logístico) |
18.173,92 € |
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Nivel 2. Iniciación Oper.Logístico |
17.113,42 € |
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GRUPO 7. TAREAS AUXILIARES |
Nivel 3.Tarea auxiliar |
17.158,48 € |
SEGUNDO.- Desde la nómina del mes de marzo de 2023, se abonarán los salarios base correspondientes a la tabla aplicable al año 2023 incluida en el punto anterior.
Dado que la Empresa aplicó una subida salarial de un 4% en el mes de enero de 2023, en la nómina de dicho mes de marzo de 2023 se abonarán los atrasos salariales correspondientes a enero y febrero de 2023 (esto es, el 1% adicional sobre el salario base de 2022 hasta alcanzar la subida salarial pactada para 2023 y, para los grupos profesionales 2 a 6, el 5% sobre el importe del plus transporte del Acuerdo de Pluses de enero de 2022 de los meses de enero y febrero de 2023).
TERCERO.- Las Partes convienen que la Empresa quedará encargada de realizar los trámites necesarios ante la autoridad laboral competente para el registro, depósito y posterior publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la provincia de Guadalajara.
Y en prueba de su plena conformidad, y para que así conste, ambas partes firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto, en el día y fecha arriba indicados.
POR LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA:
Apellidos, nombre |
DNI |
Firma |
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POR EL COMITÉ DE EMPRESA:
Apellidos, nombre |
DNI |
Firma |
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