AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE
1965
Visto el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 03/05/2023 por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente de Tesorería para Gastos Generales.
TEXTO
Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente de Tesorería para Gastos Generales por no haber reclamaciones , se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Estado de Gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Suplemento de crédito/euros. |
|
150 |
21000 |
Administración General de Vivienda y urbanismo Mantenimiento Infraestructuras y bienes naturales. |
50.000 |
337 |
22799 |
OCIO Y TIEMPO LIBRE. LUDOTECA
|
5.916,9 |
|
|
TOTAL |
55.916,90 |
Estado de Ingresos
Aplicación Presupuestaria |
|
|
|
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
Descripción |
|
|
8 |
7 |
0 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales. |
|
55.916,90 |
|
|
|
TOTAL |
|
55.916,90 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Jadraque a 02 de junio de 2023El Alcalde-Presidente.Fdo.: Héctor Gregorio Esteban.