Boletín Oficial de la Provincia

Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Jueves, 18 Mayo 2023 08:05

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA VIVIENDA DE MAYORES

1747

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA VIVIENDA DE MAYORES
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE ESPINOSA DE HENARES


1747

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora del régimen interno de la vivienda de mayores de Espinosa de Henares, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

“QUINTO.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL RÉGIMEN INTERNO DE LA VIVIENDA DE MAYORES DE ESPINOSA DE HENARES.

Visto el informe de Secretaría de fecha 16 de marzo de 2023, sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir para la aprobación de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del régimen interno de la vivienda de mayores de Espinosa de Henares.

Visto el proyecto de modificación de la Ordenanza municipal reguladora del régimen interno de la vivienda de mayores de Espinosa de Henares.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno adopta por unanimidad, el siguiente

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del régimen interno de la vivienda de mayores de Espinosa de Henares, con la redacción que a continuación se recoge:

ARTICULO 4º.- DERECHOS DE LOS USUARIOS.

Redacción actual:

Los usuarios de la vivienda de mayores disfrutarán de los siguientes derechos:

  1. Tendrán derecho a acceder a la vivienda y recibir asistencia sin discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  2. A un trato digno tanto por parte del personal del centro, como de los otros usuarios del mismo.
  3. Al secreto profesional de los datos de su historia socio-sanitaria.
  4. A mantener relaciones interpersonales, incluído el derecho a recibir visitas.
  5. A una atención individualizada acorde con sus necesidades específicas.
  6. A la máxima intimidad en función de las condiciones estructurales de la vivienda tutelada.
  7. A que se les facilite el acceso a la atención social, sanitaria, educacional, cultural y en general, a la atención de todas las necesidades personales que sean imprescindibles para conseguir un adecuado desarrollo psíquico-físico.
  8. A participar en las actividades del centro y colaborar en el desarrollo de las mismas.-
  9. A elevar por escrito a los órganos de participación o dirección del centro, propuestas relativas a las mejoras de los servicios.
  10. A participar en la gestión y planificación de las actividades que se realicen en la vivienda tutelada.
  11. A conocer en todo momento el precio de los servicios que recibe y a que le sean comunicadas con la antelación suficiente las variaciones de aquel o las modificaciones esenciales en la prestación del servicio.
  12. A cesar en la utilización del servicio o en la permanencia en el centro por voluntad propia.
  13. Al derecho de queja ejercido mediante hojas de reclamación que estarán a disposición de los usuarios y de sus representantes.

Modificación que se propone:  Se añade

Asimismo, las personas usuarias de la vivienda tendrán los derechos establecidos en el artículo 7 de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, mereciendo especial atención en este ámbito los siguientes derechos:

  1. Respeto a la autonomía en la toma de decisiones, dentro de las posibilidades que permita el estado de la persona usuaria.
  2. Confidencialidad sobre la información de que disponga el centro, salvaguardando la dignidad y la intimidad de la persona.
  3. Mantenimiento del arraigo en su entorno social y familiar, en la mayor medida posible.
  4. Personalización, protección y afecto en el trato que reciban por parte del personal del centro.
  5. Recibir información y participar, conforme a su capacidad, en las cuestiones que le afecten.

ARTÍCULO 5º. DEBERES DE LOS USUARIOS

Redacción actual:

Son obligaciones de los usuarios:

  1. Respetar las convicciones políticas, morales y religiosas del resto de los usuarios, así como del personal que presta servicios.
  2. Conocer y cumplir las normas determinadas en las condiciones generales de utilización del Centro.
  3. Respetar el buen uso de las instalaciones y medios del Centro y colaborar en su mantenimiento.
  4. Poner en conocimiento de los órganos de representación o de la dirección del Centro las anomalías o irregularidades que se observan en el mismo.

Modificación que se propone: Se añade

Asimismo, las personas usuarias de la vivienda de mayores tendrán los deberes establecidos en el artículo 8 de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, mereciendo especial atención en este ámbito los siguientes deberes:

  1. Conocer y cumplir lo dispuesto en el reglamento de régimen interior del centro.
  2. Respetar las convicciones políticas, morales o religiosas del resto de las personas usuarias, así como del personal profesional.
  3. Usar correctamente las instalaciones y medios del centro, colaborando en su mantenimiento.
  4. Comunicar a la dirección y/o a los órganos de representación del centro las situaciones irregulares que observen en el mismo.
  5. Facilitar los datos personales requeridos por los profesionales para su relación con el centro.
  6. Abonar, mediante la forma y periodicidad establecidas, las cantidades destinadas al pago de los servicios recibidos, o efectuadas en concepto de participación en la financiación del coste de sus estancias o servicios cuando estos son públicos.
  7. Respetar la intimidad de las demás personas usuarias y del personal del centro, contribuyendo a la mejora de la convivencia en el mismo.

ARTÍCULO 16Personal

Nuevo artículo:

La vivienda de mayores contará con el personal necesario para la atención a las personas usuarias y para el mantenimiento de las instalaciones y dependencias de las mismas de acuerdo con lo establecido en la Orden de la Consejería de Bienestar Social de 31 de marzo de 1992, por la que se regula la autorización y acreditación de establecimientos de Tercera Edad, Discapacitados, Infancia y Menores así como el resto de normativa vigente por la que se establecen las condiciones básicas de los centros de servicios sociales de atención especializada, destinados a las personas mayores en Castilla-La Mancha

Organigrama:

 

ARTÍCULO 17. Participación de los usuarios y familiares

Nuevo artículo:

En relación con el acceso a la participación de los usuarios, familiar e interesados en el funcionamiento de la vivienda, se facilita la comunicación a través del buzón de sugerencias y del teléfono 949858801 donde se podrán trasladar sugerencias, opiniones y propuestas de mejora de usuarios y familiares.

ARTÍCULO 18. Protocolos de mantenimiento de seguridad y uso

Nuevo artículo:

La vivienda de mayores dispondrá de un protocolo de mantenimiento de la seguridad y uso actualizado en función de las instalaciones existentes en cada momento:

  1. Ascensores.
  2. Sistemas contra incendios.
  3. Grupo electrógeno
  4. Calderas.
  5. Sistemas de climatización.
  6. Sistemas de comunicación (megafonía, línea telefónica, red interna, etc.).
  7. Sistema de agua caliente y fría sanitaria.
  8. Sistema eléctrico.
  9. Oxígeno y vacío.
  10. Suministro y almacenamiento de combustibles.

Este protocolo incluirá, al menos, los siguientes aspectos: las operaciones necesarias y su frecuencia y la persona responsable de la supervisión. Para los equipamientos que tengan algún mecanismo o dispositivo de utilización directa por las personas usuarias, existirán además instrucciones de uso en lectura fácil y letra ampliada.

SEGUNDO. Someter dicha modificación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento

TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto”

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Espinosa de Henares, a 16 de mayo de 2023. El Alcalde, Eduardo Navarro Álvarez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Espinosa de Henares
Visto 146 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00