AYUNTAMIENTO DE HORCHE
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A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177 de la misma, en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, de desarrollo de la Ley anterior, se hace público para general conocimiento que por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 23 de Febrero de 2.023, se adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el “Expediente de modificación de créditos n.º 268/2023, en la modalidad de suplemento de crédito con cargo al Remanente Líquido de Tesorería”, que afecta al vigente presupuesto, con arreglo al siguiente resumen por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
C.Ope. |
Sig. |
S/C |
Prog. |
Económ. |
Proyecto |
R.F. |
Importe |
Texto Explicativo |
020 |
0 |
|
1532 |
619 |
2022/3/ALCAL/7 |
5 |
34.607,61 |
APORTACION MUNICIPAL AL PROYECTO DE LA SENDA DE LA FUENSANTA |
020 |
0 |
|
4412 |
227 |
|
5 |
7.200,00 |
APORTACION AL NUEVO CONVENIO DEL PLAN ASTRA |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería del ejercicio anterior en los siguientes términos:
Altas en Concepto de Ingresos
C.Ope. |
Signo |
Lin. |
Económica |
Importe |
Texto Explicativo |
020 |
0 |
|
87000 |
41.807,61 |
EXPEDIENTE DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO |
Contra el referido acuerdo definitivo podrán interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara, recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses a contar desde el siguiente día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, las personas y Entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/1.985 Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 del citado artículo 170.
Horche a 27 de Abril de 2.023, El Alcalde, Fdo: Juan Manuel Moral Calvete