AYUNTAMIENTO DE HORCHE
1421
Por Acuerdo del Ayuntamiento-Pleno de fecha 23 de febrero de 2.023, fue aprobada provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Transcurrido el plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOP, nº. 44, fecha: viernes, 03 de Marzo de 2023, y sin que hayan sido presentado alegaciones o reclamaciones, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Por el presente se publica la modificación del artículo 7.4 (parrafo 4) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, con la siguiente redacción literal, a los efectos de lo establecido en el artículo 17.4 del citado texto refundido:
« El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, calculado conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores, será el reflejado en la siguiente tabla en función del periodo de generación del incremento de valor:
Periodo de generación |
Coeficientes 2023 |
Inferior a 1 año. |
0,15 |
1 año. |
0,15 |
2 años. |
0,14 |
3 años. |
0,15 |
4 años. |
0,17 |
5 años. |
0,18 |
6 años. |
0,19 |
7 años. |
0,18 |
8 años. |
0,15 |
9 años. |
0,12 |
10 años. |
0,10 |
11 años. |
0,09 |
12 años. |
0,09 |
13 años. |
0,09 |
14 años. |
0,09 |
15 años. |
0,10 |
16 años. |
0,13 |
17 años. |
0,17 |
18 años. |
0,23 |
19 años. |
0,29 |
Igual o superior a 20 años. |
0,45» |
La presente modificación de la Ordenanza Fiscal, entrará en vigor y será de aplicación desde el momento en que se produzca su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En Horche, a 19 de abril de 2.023.El Alcalde-Presidente, Fdo.: D. Juan Manuel Moral Calvete.