AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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Por medio del presente Anuncio se hace pública la resolución adoptada por Decreto de la Alcaldía 397/2023, de 28 de marzo que se transcribe literal e íntegramente como Anexo, para general conocimiento.
En Cabanillas del Campo, 28 de marzo de 2023. Firmado: El Alcalde, José García Salinas
ANEXO:
«Antecedentes y fundamentos de Derecho
I.- El Plan de Ordenación Municipal de Cabanillas del Campo de 2005 delimitó el Sector ST-31 destinado a uso Terciario-Comercial, ubicado en el paraje tradicionalmente denominado Moyárniz, entre otros. Tras la pertinente tramitación legalmente prevista, el Pleno del Ayuntamiento aprobó y adjudicó el 20 de febrero de 2020 el Programa de Actuación Urbanizadora de dicho Sector, que desarrollaba las previsiones de dicho Plan, y que actualmente, se encuentra en un avanzado estado de ejecución.
II.- Como nos ilustran los Cronistas oficiales de nuestra Villa, el citado paraje tuvo relevancia en la vida cotidiana de los vecinos de la localidad, dado que precisamente en la ribera del río Henares del mismo, en el antiguo lugar de Benalaque, anexionado a Cabanillas del Campo en el siglo XVII, se levantaba el molino de Moyárniz, instalación construida aproximadamente en la primera mitad del siglo XV, y que fue vital para la subsistencia de los habitantes, desarrollando una destacada actividad harinera. Tras numerosos avatares, el molino dejó de funcionar en el último cuarto del siglo XX. Por lo demás, y hasta hace no mucho tiempo, el citado paraje tuvo un intenso uso agrícola y de granjas avícolas.
III.- Como es sabido, el municipio de Cabanillas del Campo es uno de los polos empresariales y de desarrollo más importantes y pujantes de Castilla-La Mancha, destacando, entre otros sectores, en el uso logístico, dada su privilegiada situación y red de comunicaciones, así como la apuesta de su Ayuntamiento por su mantenimiento, desarrollo y ampliación, ya desde la aprobación de su Plan de Ordenación Municipal y las modificaciones del mismo actualmente en curso. Un buen ejemplo de ello es precisamente este nuevo polígono del Sector ST-31.
Por ello, y más allá de la denominación y referencia técnico-jurídica contenida en los instrumentos urbanísticos del citado Sector, se hace preciso otorgar una denominación más cercana a sus nuevas calles y al propio Sector.
IV.- Con una mirada en el futuro que ya es presente, pero sin perder de vista lo que fuimos, se considera acertado denominar el nuevo polígono con el nombre del paraje Moyárniz, de acuerdo a lo expuesto, y los dos viales que lo integran, como avenida de la Agricultura la RV-Norte, y avenida de la Logística la RV-Sur. La agricultura, una actividad que va unida al propio nombre e historia de la localidad, y la logística, cuya pujanza actual es un hecho de presente y futuro.
V.- La Alcaldía tiene la atribución legal para adoptar esta resolución al amparo del artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
En virtud de lo expuesto, SE DISPONE:
Primero.- El Sector ST-31 del Plan de Ordenación Municipal, desarrollado mediante el Programa de Actuación Urbanizadora aprobado y adjudicado por acuerdo de Pleno de 20 de febrero de 2020, de denominará en lo sucesivo “Polígono Moyárniz”.
Segundo.- La red viaria del Polígono Moyárniz, conforme a su delimitación en el Proyecto de Reparcelación del Sector ST-31 aprobado por Decreto de la Alcaldía nº 634/2021, de 24 de mayo de 2021 se denominará del siguiente modo:
- La vía pública existente en la FINCA RV-Norte, se denominará “Avenida de la Agricultura”.
- La vía pública existente en la FINCA RV-Sur, se denominará “Avenida de la Logística”.
Tercero.- Esta resolución se publicará para general conocimiento en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios y en la Sede Electrónica municipales, se notificará a todas las personas y administraciones interesadas, y en cuanto a la denominación del callejero se comunicará debidamente al Instituto Nacional de Estadística.»