MANCOMUNIDAD ALTO REY
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Aprobado definitivamente el Presupuesto de esta entidad para el ejercicio 2023 y comprensivo aquel del Presupuesto General de la Corporación, Bases de Ejecución, y plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
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Presupuesto de gastos |
2023 |
Capítulo |
Denominación |
Importe |
1 |
Personal |
11.686,60 € |
2 |
Corrientes en bienes y servicios |
101.740,50 € |
3 |
Financieros |
422,90 € |
4 |
Transferencias corrientes |
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5 |
Fondo de Contingencia |
-00 € |
6 |
Inversiones reales |
-00 € |
7 |
Transferencias de capital |
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8 |
Activos financieros |
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9 |
Pasivos financieros |
-00 € |
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total |
113.850,00 € |
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Presupuesto de ingresos |
2023 |
Capítulo |
Denominación |
Importe |
1 |
Impuestos directos |
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2 |
Impuestos indirectos |
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3 |
Tasas, precios públicos y otros |
-00 € |
4 |
Transferencias corrientes |
113.850,00 € |
5 |
Ingresos patrimoniales |
-00 € |
6 |
Enajenación de inversiones reales |
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7 |
Transferencias de capital |
-00 € |
8 |
Activos financieros |
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9 |
Pasivos financieros |
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total |
113.850,00 € |
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Plantilla de personal |
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DENOMINACIÓN |
Nº de PLAZAS |
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1. PERSONAL FUNCIONARIO |
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1.1 Secretario-Interventor (Grupo A.1, CD 30) |
1 |
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Total |
1 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Hiendelaencina, a 17 de febrero de 2023. El Presidente. Fdo. Mariano Escribano Gismera.