AYUNTAMIENTO DE PAREJA
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Mediante Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento nº. 30/2023, de fecha 17/02/2023, se ha aprobado la rectificación de errores de la Resolución de Alcaldía nº. 119/2022, de fecha 23/05/2022, según el siguiente detalle:
Donde pone:
- Grupo I (D.A sexta y octava Ley 20/2021)
Denominación actual |
Vínculo |
Nº plazas |
Auxiliar administrativo |
Estabilización a laboral fijo |
1 |
Limpiadora |
Estabilización a laboral fijo |
1 |
Peón |
Estabilización a laboral fijo |
3 |
Auxiliar de Hogar |
Estabilización a laboral fijo |
1 |
TOTAL |
6 |
Debe poner:
- Grupo I (D.A sexta y octava Ley 20/2021)
Denominación actual |
Vínculo |
Nº plazas |
Auxiliar administrativo |
Estabilización a laboral fijo |
1 |
Limpiadora |
Estabilización a laboral fijo |
1 |
Oficial de 1ª |
Estabilización a laboral fijo |
1 |
Peón |
Estabilización a laboral fijo |
2 |
TOTAL |
5 |
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente a su derecho.
En la Villa de Pareja, 20 de febrero de 2023. EL ALCALDE-PRESIDENTE, FDO.: D. FRANCISCO JAVIER DEL RÍO ROMERO.