AYUNTAMIENTO DE BUDIA
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En el Pleno Ordinario 08/10/2022 se aprobó la desafectación definitiva de la siguiente relación de caminos:
Polígono 502 Parcela 9001
Polígono 502 Parcela 9002
Polígono 503 Parcela 9001
Polígono 503 Parcela 9003
Polígono 503 Parcela 9004
Polígono 505 Parcela 9001
Polígono 505 Parcela 9003
Polígono 505 Parcela 9005
Polígono 505 Parcela 9007
Polígono 505 Parcela 9008
Polígono 503 Parcela 9002
Polígono 505 Parcela 9002
Polígono 503 Parcela 9007
Polígono 503 Parcela 9009
propiedad de este Ayuntamiento, cambiando su calificación de bien de dominio público a bien patrimonial.
PRIMERO. Aprobar definitivamente la alteración de la calificación jurídica de los caminos citados que pasan a ser un bien de dominio público a bien patrimonial,
SEGUNDO. Anotar en el Libro Inventario de Bienes de la Corporación la alteración de la calificación jurídica que ha sufrido el bien inmueble
El presente acuerdo es un acto administrativo resolutorio que pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo se podrá interponer por los particulares interesados recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso correspondiente en el plazo de dos meses desde la notificación, en atención a lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. No obstante podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
En Budia a 16 de febrero de 2023, El Alcalde-Presidente D. David Nicolás Cuevas