AYUNTAMIENTO DE CANREDONDO
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Aprobado definitivamente el expediente de Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Canredondo para el ejercicio 2.023 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
186.485,51€ |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
120.485,51 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
53.300,00€ |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
65.255,51€ |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
1.300,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
630,00€ |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
66.000,00 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
66.000,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
186.485,51€ |
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ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
186.485,51 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
129.044,76€ |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
81.155,32€ |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
3.000€ |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
8.799,44 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
35.590,00€ |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
500,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
57.440,75 € € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
57.440,75 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
186.485,51 € |
PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL
CATEGORÍA-GRUPO |
PUESTOS DE TRABAJO |
Funcionario |
Secretario Interventor Grupo A1. Nivel C.D 26 . Agrupación |
Personal Laboral |
Peón servicios múltiples (1) |
Personal Laboral Temporal |
Auxiliar ayuda a domicilio. |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Canredondo, a 30 de enero de 2023. La Alcaldesa- Presidenta María del Carmen Gil Gil