AYUNTAMIENTO DE HONTOBA
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Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos |
Transferencia de crédito |
Créditos |
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Progr. |
Económica |
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231 |
226 |
Inversión en la adquisición de material para sensibilización en materia de igualdad |
2.650,35.- € |
100.- € |
2.750,35.- € |
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TOTAL |
2.650,35.- € |
100.- € |
2.750.- € |
2. º FINANCIACIÓN
Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica.
BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación | Descripción | Baja de crédito/importe |
920.359 | Comisiones bancarias | 100.- € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Hontoba a 13 de enero de 2.023. Fdo. El Alcalde. D. Pedro David Pardo de la Riva.