AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
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Mediante Resolución del Sr. Alcalde de Fontanar nº1541, de fecha 22 de diciembre de 2022, se adoptado el siguiente acuerdo:
“Antecedentes y Fundamentos de Derecho
I.- De conformidad con lo establecido en la Orden 146/2022, de 27 de julio, subvenciones para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus y se efectúa la convocatoria para 2022, y las que estén en situación de exclusión social a modo de Plan de Empleo Regional, el Ayuntamiento de Fontanar convocó un proceso para la selección de personal para los proyectos incluidos en el Plan, mediante Resolución y Bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº242, de fecha 22 de diciembre de 2022, habiendo realizado previamente oferta de empleo público en fecha 05 de diciembre de 2022 con referencia 2A0A7q2s2B3Q4f3a.
II.- Por economía procesal y eficacia administrativa procede considerar- de forma potestativa y en base al artículo undécimo de las Bases- la bolsa definitiva que se cree para la selección para futuros y eventuales usos del Ayuntamiento para sus propios planes de empleo. No obstante, el Ayuntamiento podrá crear su propia bolsa y bases de selección si lo considera necesario.
III.- La Alcaldía tiene la atribución legal para adoptar este acuerdo de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En virtud de lo expuesto,
DISPONGO:
“Primero.- Se asume- de forma potestativa- la bolsa de trabajo a crear a los efectos del expediente reseñado en el antecedente primero de la presente disposición para los eventuales planes de empleo local.
Segundo.- Los candidatos que resulten admitidos definitivamente en la bolsa de trabajo del plan de empleo regional en Fontanar, podrán solicitar ante este Ayuntamiento participar en el plan de empleo local en un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente hábil a la publicación de la Resolución de admitidos definitivos del Plan de Empleo Regional.
Tercero.- Una vez baremados y aprobada la bolsa definitiva de trabajo Plan de Empleo Regional, para el Plan de Empleo Local se seguirá el mismo orden y prioridades de la bolsa de trabajo creada en virtud al expediente del antecedente primero, de todas aquellas personas que rellenen el anexo a la presente resolución solicitando participar en este plan de empleo local. Todo ello según posibilidades del servicio y de fomento del empleo y acción social municipal.
Cuarto.- Que, por Secretaría, se publique la presente resolución y anexo en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y Portal de Transparencia, y se proceda en legal forma.”
Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa. Contra él se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, o bien recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o cualquier otro recurso que estime oportuno. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.”
En Fontanar a 22 de diciembre de 2022. El Alcalde-Presidente. Victor San Vidal Martínez.
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN PLAN DE EMPLEO LOCAL DE FONTANAR
D. / Dña. ___________________________________________ con DNI _________________ declaro que he sido incluido en la bolsa de trabajo definitiva- aprobada en fecha _____ de ____________ de 2021- en el expediente de convocatoria y bases para la selección de personal laboral temporal para la ejecución del Plan de Empleo Regional, en el marco de la Orden 64/2021 de 11 de Mayo de 2021 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a Entidades Locales, para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo y con los recursos REACT-UE, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19 en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Fontanar convocó un proceso para la selección de personal para los proyectos incluidos en el Plan, mediante Resolución y Bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº154, de fecha 12 de agosto de 2021, habiendo realizado previamente oferta de empleo público en fecha 06 de agosto de 2021 con referencia 1A3A4q7r3d6H3x2F.
Asimismo, en virtud de lo estipulado en la Resolución de Alcaldía nº749, de fecha 20 de septiembre de 2021, publicada en el BOP nº___, de fecha ___ de _________ de 2021- solicito participar en el plan de empleo local de Fontanar en base al artículo undécimo de las Bases
En Fontanar a ____ de ___________ de 2021
Fdo.: _________________________