AYUNTAMIENTO DE ALUSTANTE
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Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito 2021, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Modificaciones |
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Progr. |
Económica |
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920 |
210 |
Mantenimiento infraestructuras |
14.330 |
920 |
213 |
Mantenimiento maquinaria |
900 |
920 |
22100 |
Energía electrica |
500 |
920 |
22103 |
Combustibles y carburantes |
1.000 |
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TOTAL GASTOS |
16.730 |
Dichos gastos se financian, con cargo al remanente líquido de tesorería, de acuerdo con el siguiente detalle:
Altas en Concepto de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Importe |
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Cap. |
Art. |
Conc. |
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87 |
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Remanente de tesorería |
16.730 |
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TOTAL INGRESOS |
16.730 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Alustante, 19 de agosto de 2022. La Alcaldesa, Rosa Abel Muñoz Sánchez