AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DEL PINAR
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de 5/2022, financiado con cargo al remanente de Tesorería, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
GASTOS |
INGRESOS |
|||||
161 |
639 |
OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN ASOCIADAS AL FUNCIONAMIENTO OPERATIVO DE LOS SERVICIOS |
6050,00€ |
870 |
REMANENTE TESORERÍA GASTOS GENERALES |
46.350,00€ |
171 |
609 |
OTRAS INVERSIONES NUEVAS EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL |
4.000,00€ |
|||
338 |
629 |
OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMIENTO OPERATIVO DE LOS SERVICIOS |
3200€ |
|||
934 |
600 |
INVERSIONES EN TERRENOS |
4900€ |
|||
163 |
227.00 |
LIMPIEZA Y ASEO |
8200€ |
|||
338 |
227.99 |
OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR EMPRESAS Y PROFESIONALES |
20000€ |
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TOTAL |
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46.350,00€ |
TOTAL |
46.350,00€ |
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Manchacon sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Alcolea del Pinar a 10 de noviembre de 2022. El Alcalde-Presidente, Alberto Guerrero Lafuente