AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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El Excmo. Ayuntamiento de Azuqueca de Henares NECESITA PERSONAL PARA SUSTITUCIÓN PARCIAL DE UN PUESTO DE OFICIAL DE JARDINERIA para contratar con carácter temporal mediante contrato de RELEVO HASTA JUBILACIÓN DEL TRABAJADOR RELEVADO,
La duración del contrato será INCORPORACIÓN Inmediata. El contrato se extinguirá al cumplir el trabajador sustituido la edad para jubilarse
La jornada de trabajo será de 75% de jornada, en horario según necesidades del servicio.
Las funciones básicas a realizar serán;
Resumen del Puesto:
Realizar tareas de jardinería que requieran especialización para el adecuado mantenimiento y conservación de las zonas verdes del municipio.
Actividades principales:
- Realizar la poda de árboles, plantas y arbustos según el estado de conservación y época del año.
- Realizar la plantación de árboles, plantas y césped.
- Plantar, podar, regar, desbrozar y demás laborales de jardinería.
- Realizar los tratamientos fitosanitarios requeridos.
- Colaborar en la instalación de los sistemas de riego y realizar reparaciones básicas de los mismos.
- Realizar otras tareas de apoyo (limpieza y recogida de residuos habituales en jardines, parques y áreas de recreo; efectuar pequeñas obras de albañilería como poner adoquines alrededor de los árboles, arquetas, etc.)
- Realizar la limpieza y mantenimiento básico de las herramientas utilizadas en el puesto de trabajo.
- Cumplimentar los soportes documentales (partes de trabajo), incluidos en el puesto de trabajo.
- Asumir las funciones del Encargado de Jardinería en su ausencia.
- Mantener las especies vegetales y su entorno, que sean de responsabilidad municipal, en óptimas condiciones higiénicas y ornamentales.
- Interpretación de croquis y planos de conjunto.
- Cuidado de parques y jardines municipales.
- Colaborar con el responsable correspondiente en la organización y desarrollo de las tareas encomendadas.
- Dar cuenta de su trabajo al superior inmediato y poner en su conocimiento aquellos aspectos que requieran superior decisión o supervisión.
- Firma de albaranes de recepción de mercancías o servicios.
- Adecuada utilización de EPIs.
- Despachar y colaborar con el superior jerárquico aquellos asuntos que requieran superior decisión o supervisión, y dar cuenta de su trabajo a éste.
- Desarrollar otras tareas afines a la categoría del puesto de trabajo para las cuales haya sido previamente formado.
- Otras funciones afines al puesto que por disposición del superior jerárquico, Concejalía, Alcaldía o normativa vigentes, le sean atribuidas.
REQUISITOS DE LOS/LAS ASPIRANTES/ASPIRANTAS
- Imprescindible estar en situación de desempleo.
- Tener plena capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil.
- Tener cumplidos 18 años el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
- Tener carnet de conducir tipo B en vigor.
- Poseer Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria – LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente y OBLIGATORIAMENTE una antigüedad demostrable de al menos 3 meses siendo OFICIAL DE FONTANERÍA
- IMPRESCINDIBLE para valorar la experiencia, se deberán aportar únicamente contratos y/o certificados de empresa, siendo fundamental que quede especificada la categoría profesional.
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TASAS
Derechos de examen: serán de 12,50€ y se ingresarán por el sistema de autoliquidación. A estos efectos se deberá cumplimentar el impreso facilitado por el Ayuntamiento y se presentará en cualquier Banco o Caja de Ahorros de las que actúan como entidades financieras colaboradoras en la recaudación tributaria, para su validación mediante impresión mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada.
Tendrán una bonificación del 50% de la cuota los que acrediten hallarse en situación de desempleo, mediante tarjeta de la Oficina Pública de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente o certificado de dicha Entidad.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO
La puntuación máxima alcanzable en el presente concurso es de 100 puntos.
La valoración de los méritos para la adjudicación del puesto se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
- ANTIGÜEDAD: Se valorará la antigüedad como oficial de Jardinería y deberá ser demostrada con contratos o certificados. Se puntuará hasta un máximo de 80 puntos.
Se computará 0.50 puntos por mes trabajado en el Recursos vinculados al Sector Público, no se computarán los días sueltos que no se puedan agrupar en periodos de 30 días.
Se computará con 0.25 puntos por mes trabajado en la misma categoría en recursos del área fuera del Sector Público, no se computarán los días sueltos que no se puedan agrupar en periodos de 30 días.
- ASISTENCIA A CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO: Hasta un máximo de 20 puntos.
Por la superación de cursos de formación, que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo, en los que se haya expedido diploma y/o certificación de asistencia y/o en su caso, certificación de aprovechamiento. No se valorará los cursos que no especifiquen número de horas.
Se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios.
- De 10 a 20 horas................................................................................1pto.
- De 21 a 50 horas...............................................................................2ptos.
- De 51 a 100 horas.............................................................................3ptos.
- De 101 en adelante...........................................................................4ptos.
Serán objeto de valoración los cursos de formación organizados por escuelas de administración pública o por centros al amparo de planes de formación continua, siempre que el certificado estuviera expedido por estos centros y relacionados con el puesto a cubrir.
En Azuqueca de Henares a 30 de mayo de 2022. El Alcalde José Luis Blanco Moreno