AYUNTAMIENTO DE JIRUEQUE
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2021, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 117.389,00
A.1. OPERACIONES CORRIENTES 78.786,00
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal 20.879,00
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 46.602,00
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes 10.951,00
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL 38.603,00
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales 38.603,00
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital
B) OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO 8: Activos Financieros
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros
TOTAL: 117.389,00
ESTADO DE INGRESOS
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 117.389,00
A.1. OPERACIONES CORRIENTES 74.889,00
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos 19.857,00
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos 2.000,00
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos 20.052,00
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes 25.561,00
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales 7.419,00
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL 42.500,00
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital 42.500,00
B) OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO 8: Activos Financieros
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros
TOTAL: 117.389,00
PLANTILLA DE PERSONAL
A) PERSONAL FUNCIONARIO
- Núm. de orden: 1. - Denominación de la plaza: Secretaría-Intervención. - Grupo A. – Nivel: 20. - Número de puestos: 1. - Observaciones: Agrupación.
B) PERSONAL LABORAL TEMPORAL
- Núm. de orden: 1. - Denominación de la plaza: Peón de Servicios Múltiples. - Grupo. - Número de puestos: 1. - Forma de provisión: Contrato temporal. - Observaciones: Plan de Empleo.
RESUMEN |
Funcionarios: 1 |
Laboral Temporal: 1 |
TOTAL PLANTILLA: 2 |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Jirueque, a 29 de julio de 2021. El Alcalde-Presidente, Fdo.: Marcos Luis Barahona Vallejo