AYUNTAMIENTO DE TORIJA
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Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 6/2020 en la modalidad de créditos extraordinarios lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Crédito |
|
Progr. |
Económica |
||
1531 |
619 |
Reposición pavimentación caminos y calles |
100.000,00 |
433 |
689 |
Acondicionamiento 2 locales plaza de toros |
88.150,00 |
151 |
619 |
Reposición diversas infraestructuras por lluvias |
24.000,00 |
165 |
215 |
Suministro farolas para su reposición |
18.150,00 |
|
|
TOTAL |
230.300,00 |
Esta modificación se financia con mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algunos conceptos del Presupuesto corriente, en los siguientes términos:
Aplicación económica |
Descripción |
Presupuestado |
Recaudado |
290 |
Impuesto instalaciones, construcciones y obras |
25.600,00 |
1.135.009,52 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Torija a 17 de diciembre de 2020. El Alcalde, Rubén García Ortega.