AYUNTAMIENTO DE SANTIUSTE
3367
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2020, al no haberse presentado alegaciones contra el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en sesión de 7 de noviembre de 2020 y publicado el BOP número 219 de 18 de noviembre de 2020, comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS | |
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS | 30.035,05 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES | 16.855,05 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal | 5.800,00 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios | 10.689,05 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros | 150,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes | 216,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL | 13.180,00 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales | 9.340,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital | 3.840,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS | 0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros | 0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros | 0,00 € |
TOTAL: | 30.035,05 € |
ESTADO DE INGRESOS | |
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS | 31.904,76 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES | 27.904,76 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos | 15.323,32 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos | 2.000,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos | 3.712,93 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes | 3.806,51 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales | 62,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL | 7.000,00 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales | 0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital | 7.000,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS | 0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros | 0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros | 0,00 € |
TOTAL: | 31.904,76 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
CATEGORÍA-GRUPO | PUESTOS DE TRABAJO |
Funcionario | Secretario Interventor en agrupación |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Santiuste, a 14 de diciembre de 2020, su Alcaldesa-Presidenta Dª Victoria Cuervo Ortega