AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente nº 325/2020 de SUPLEMENTO DE CRÉDITO núm; 02/2020 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 94 de fecha 20/05/2020, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:
Creación y Suplementos en aplicaciones de gastos
Suplemento de crédito nº 02/2020:
Altas de crédito - aplicaciones de gastos:
Progr.
|
Econ.
|
Descripción |
Créditos iniciales + modificaciones anteriores |
Suplemento de crédito |
2310 |
48001 |
Ayudas de emergencia social |
105.000,00 |
400.000,00 |
TOTAL SUPLEMENTO DE CREDITO |
400.000,00 |
Esta modificación se financia, con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:
Fuente de Financiación: Remanente líquido de Tesorería
- Suplemento de Crédito nº 02/2020: Remanente de tesorería para gastos generales:
Incremento en partida de Ingresos
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
CUANTÍA |
870000 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
400.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 177.2, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Marchamalo, a 12 de junio de 2020. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaría