AYUNTAMIENTO DE LUZAGA
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En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 18 de diciembre de 2019, de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito núm. 2/2019, sobre Transferencias de créditos de diferentes áreas de gasto, el cual se hace público con el siguiente detalle:
ESTADO DE GASTOS: INCREMENTOS
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Importe |
|
130 |
623 |
Instalación cámaras de videovigilancia |
4.170,00 |
BAJAS O ANULACIONES DE CRÉDITOS NO COMPROMETIDOS
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Importe |
|
161 |
227 |
Abastecimiento de agua. |
560,00 |
163 |
210 |
Limpieza viaria |
1.300,00 |
231 |
227 |
Asistencia social primaria. |
710,00 |
920 |
480 |
A familias e Instituciones sin fines de lucro |
600,00 |
933 |
682 |
Gestión del patrimonio. |
1.000,00 |
|
|
TOTAL |
4.170,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de los dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Luzaga, a 15 de enero de 2020. El Alcalde. Fdo.: José Luis Ros Maorad