AYUNTAMIENTO DE HORCHE
3405
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177 de la misma, en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, de desarrollo de la Ley anterior, se hace público para general conocimiento que por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 26 de Noviembre de 2.019, se adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de créditos nº 2/2019 (suplemento de crédito, para financiar transferencias mediante bajas de otras aplicaciones presupuestarias) que afecta al vigente presupuesto, con arreglo al siguiente resumen por capítulos:
Suplementos en aplicaciones de gastos
Aplicación presupuestaria Descripción euros
920.22604 Gastos Jurídicos 3.454,25 €
920.224 Primas de seguros 5.000,00 €
342.227 Instalaciones deportivas 10.000,00 €
TOTAL........................................................... 18.454,25 €
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio, en los siguientes términos:
Aplicación presupuestaria Descripción euros
011.310 Gastos financieros 3.454,25 €
231.22799 Admon General de Servicios Sociales 15.000,00 €
TOTAL.............................................................................. 18.454,25 €
3.º JUSTIFICACIÓN
De conformidad con el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se justifica la aprobación del presente expediente dado que los créditos consignados inicialmente en el presupuesto se consideran insuficientes para la financiación de los gastos previsibles a reconocer hasta fin de ejercicio.”
Contra el referido acuerdo definitivo podrán interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara, recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses a contar desde el siguiente día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, las personas y Entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/1.985 Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 del citado artículo 170.
Horche a 23 de Diciembre de 2.019, El Alcalde, Fdo: Juan Manuel Moral Calvete