Boletín Oficial de la Provincia

Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Viernes, 27 Diciembre 2019 09:12

APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA OCUPACIÓN DEL SUELO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS

3394

APROBACION DEFINITIVA ORDENANZA FISCAL TASA OCUPACION DEL SUELO PUBLICO CON MESAS Y SILLAS
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS DE LA SIERRA


3394

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de fecha 20 de noviembre de 2019 del Ayuntamiento de Valdepeñas de la Sierra sobre la imposición de la tasa por ocupación del espacio público con mesas y sillas y su correspondiente Ordenanza Fiscal, cuyo texto modificado se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

 

“ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA

Artículo 1. CONCEPTO

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 15 al 27 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), el Ayuntamiento de Valdepeñas de la Sierra establece la tasa por la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa, que se regirá por la presente ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en los artículos 20.3.l) y 57 del citado Real Decreto.

Artículo 2. HECHO IMPONIBLE

Constituye el hecho imponible de la presente tasa la ocupación, utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, con mesas, sillas, veladores, tablados, tribunas y otros elementos análogos para el uso de establecimientos hosteleros, comerciales y de servicios con finalidad lucrativa.

Artículo 3. SUJETOS PASIVOS

Son sujetos pasivos de la presente tasa, en calidad de contribuyentes, las personas físicas, jurídicas y entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria a cuyo favor se otorgue licencia o quienes se beneficien del aprovechamiento si se actuó sin la preceptiva autorización.

Artículo 4. RESPONSABLES

Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a los que se refieren los arts. 41 y 42 de la Ley General Tributaria.

Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades, síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general en los supuestos y con el alcance que señalan los artículos 41 y 43 de la Ley General Tributaria.

Artículo 5. CUOTA TRIBUTARIA

Las tasas exigibles por esta ordenanza se ajustarán a los siguiente:

Hasta 40 m2 inclusive de superficie de uso público ocupada con carácter anual 150 € / año
Hasta 40 m2 inclusive de superficie ocupada de uso público con toldos, carpas, cenadores, pérgolas y elementos fijos, siempre que apoyen en el suelo 200 € / año

Artículo 6. EXENCIONES Y BONIFICACIONES

No se aplicarán exenciones, bonificaciones ni reducciones para la determinación de la deuda tributaria que los sujetos pasivos deban satisfacer por esta tasa.

Artículo 7. NORMAS DE GESTIÓN

La tasa se liquidará en el momento de solicitar la preceptiva autorización municipal. Los obligados deberán acompañar a la solicitud de licencia, la liquidación de la tasa en el modelo habilitado al efecto por la administración municipal, junto con la justificación de haber efectuado el ingreso.

Las solicitudes para la autorización de instalación de mesas y sillas irán acompañadas del justificante de haber efectuado el ingreso de la tasa.

La falta de ingreso del depósito previo determinará la paralización de las actuaciones administrativas, y en caso de no ser subsanado el defecto, la caducidad del expediente.

Sólo la autorización municipal faculta al interesado a realizar los aprovechamientos, objeto de esta tasa, sin que el mero ingreso de la tasa otorgue legitimación alguna a este efecto.

En caso de denegación posterior de la autorización solicitada, el administrado tendrá derecho a la devolución del ingreso efectuado, a excepción de los supuestos en que la obligación de pago hubiera ya nacido por haberse iniciado efectivamente el aprovechamiento sin autorización.

La autorización para la instalación de mesas y sillas en terrenos de uso público podrá quedar suspendida como consecuencia de la celebración de actos y eventos organizados por el ayuntamiento. 

Los titulares de la licencia tendrán las siguientes obligaciones:

  • Delimitar la zona de instalación mediante celosías, jardineras o con vallado fijado al suelo, aunque desmontable.
  • La limpieza diaria del espacio ocupado y sus alrededores, así como la instalación de papeleras para el depósito de desperdicios.
  • La retirada de las mesas, sillas, jardineras y celosías una vez terminado el horario de apertura.
  • Se evitarán ruidos y molestias al vecindario, especialmente a partir de las 24,00 horas de domingo a jueves y los viernes, sábados y vísperas de festivos a partir de las 3,00 horas del día siguiente.
  • No se permitirá ninguna actividad, ni ruidos o alteraciones que puedan perturbar al vecindario.
  • El titular de la licencia estará obligado a tener un seguro de accidentes, independiente o asociado al negocio principal, que cubra los eventuales riesgos en la zona de instalación de las mesas y sillas objeto de la autorización municipal.

Artículo 8. DEVENGO

Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento de solicitar la correspondiente licencia para la ocupación solicitada o desde que se inicia la ocupación se actuó sin la preceptiva autorización.

Artículo 9. INFRACCIONES Y SANCIONES

La infracción de cualquiera de las obligaciones señaladas en el artículo anterior será sancionada por la Alcaldía con apercibimiento. La reiteración de una misma infracción dará lugar a la suspensión de la autorización.

En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y a las sanciones que correspondan se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y su normativa de desarrollo.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el 1 de enero de 2020 y permanecerá en vigor hasta no se acuerde su modificación o derogación.

La presente Ordenanza Fiscal deroga la de mismo título aprobada en sesión plenaria de fecha 25 de junio de 2012 y publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara el 17 de agosto de 2012.

DILIGENCIA

La presente Ordenanza Fiscal fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Valdepeñas de la Sierra en sesión celebrada el día 20 de noviembre de 2019.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Guadalajara, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.

 En Valdepeñas de la sierra a 23 de diciembre de 2019,  El Alcalde, José Luis Palmero Fernández

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Valdepeñas de la Sierra
Visto 296 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00