AYUNTAMIENTO DE TARTANEDO
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Por Acuerdo del Pleno de fecha 13 de septiembre de 2018, ha sido desafectada inicialmente de su carácter de bien comunal y calificada como bien patrimonial, la finca rústica que se indican: parcela 8124 del polígono 501 , incluida dentro del Común de Vecinos de este término municipal.
Lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el período de un mes contado a partir de la publicación de este anuncio en el BOP, a efecto de reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas por los interesados.
Finalizado el período de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se entenderán definitivamente adoptados dicho acuerdo.
En Tartanedo a 14 de septiembre de 2018. El Alcalde





