AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Subsanación del anuncio “Extracto de la convocatoria de subvenciones para la construcción o rehabilitación de edificios existentes en el Casco Antiguo de Guadalajara para 2018. BDNS (Identif.): 410805”
En el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 151 de fecha 7 de agosto de 2018 ha sido publicado el extracto de referencia.
Detectado error de transcripción se procede a la publicación de la subsanación de su apartado primero conforme a las bases específicas y la convocotaria:
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b, 20.8ª y Disposición Adicional Décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/dbnstras/index)
Primero: Beneficiarios: las personas físicas o jurídicas que ejecuten obras de construcción de solares o de rehabilitación de edificios, y que se encuentren entre las siguientes:
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Las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios o las cooperativas constituidas al efecto y los propietarios únicos del solar sobre el que se va a edificar o del edificio objeto de rehabilitación.
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Los titulares de un derecho que le habilite a la ocupación del solar o edificio.
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Las empresas o entidades que, en nombre de los anteriores, promocionen la construcción de edificios de nueva planta o rehabilitación de edificios existentes, y que se encuentren expresamente autorizados para ello por los propietarios.
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Los Agentes Edificadores, a quien el Ayuntamiento de Guadalajara haya adjudicado la ejecución de un Programa de Actuación Edificatoria, con arreglo al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla La Mancha, y estén al corriente en el cumplimiento de sus deberes urbanísticos.
Segundo: Objeto: Serán subvencionables las obras contenidas en las denominadas “actuaciones edificatorias” por el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de Octubre.
Tercero: Bases reguladoras generales: Ordenanza General de Subvenciones Públicas del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos autónomos ( BOP de la Provincia de Guadalajara n.º 32 de 14 de marzo de 2016 ). Bases reguladoras específicas: Las determinadas en la presente convocatoria.
Cuarto. Cuantía: La aplicación presupuestaria a cuyo cargo irá será la 152.2.789.00. con un importe total de 165.887,44 euros.
La subvención ascenderá al 5% del presupuesto de ejecución material, con un límite de 35 Euros/m2 de edificación construida sobre rasante.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOP de Guadalajara.
Guadalajara, 7 de Agosto de 2018. EL ALCALDE-PRESIDENTE, D. Antonio Román Jasanada