AYUNTAMIENTO DE FUENTELENCINA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de 7 de febrero de 2018 publicado en el BOP num32 de 14 de febrero de 2018, aprobatorio de la Modificación ordenanza reguladora del servicio de autotaxi, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
TEXTO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE AUTOTAXI
Artículo 11. Primer párrafo in fine donde dice:”...en régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión”, se modifica y debe decir:”… en régimen de dedicación e incompatiblidad que determine la legislación autonómica”
Artículo 13. Cuarto párrafo donde dice; “Las paradas de autotaxi se establecen en la Plaza Mayor...”, se modifica y debe decir: “Las paradas de autotaxi se establecen en la Plaza Mayor o calle Mayor...”
Artículo 16. La capacidad del vehículo será de un mínimo de 3 (tres) plazas y un máximo de 5 (cinco), incluyendo al conductor, se modifica y debe decir: “La capacidad del vehículo será la que se establezca por la normativa autonómica en vigor”
Artículo 17, Se suprime el primer párrafo que señala: “Los vehículos que presten el servicio de taxi dentro del ámbito de aplicación de esta ordenanza deberán ser de color blanco”.
Segundo párrafo, donde dice: “En las puertas delanteras de ambos lados, llevarán el escudo oficial del municipio de Fuentelencina en el tamaño que se determine.”, se modifica y debe decir: “En las puertas delanteras de ambos lados, llevarán el escudo oficial del municipio de Fuentelencina en tamaño visible por los usuarios.”
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Fuentelencina 12 de abril de 2018. EL ALCALDE PRESIDENTE Santos López Tabernero