AYUNTAMIENTO DE SACEDON
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Por el Ayuntamiento de Sacedón, en Sesión Plenaria de fecha 16 de febrero de 2018, se adoptó el siguiente acuerdo, cuyo expediente se podrá consultar en la Secretaría Municipal, en el plazo en el que en el mismo se hace referencia:
PRIMERO. Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora del funcionamiento de la Vía Ferrata “Boca del Infierno”, en los términos en que figura en el expediente.
SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, a efectos de consulta y para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
TERCERO. Facultar, tan ampliamente como en Derecho sea preciso, al Alcalde o concejal en que delegue, para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
Sacedón, a 21 de febrero de 2018. EL ALCALDE, Fdº. Francisco Pérez Torrecilla.