AYUNTAMIENTO DE HENCHE
3902
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 28 de julio de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2017, crédito extraordinario, 2/2017, suplemento de crédito, 3/2017, crédito extraordinario, y 4/2017, suplemento de crédito, del Presupuesto en vigor, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público como sigue a continuación:
Altas en aplicaciones de gastos
APLICACIÓN | MODIFICACIÓN | CREDITO INICIAL | MODIFICACIÓN | CREDITO FINAL |
153.2./619 | 1.2017 | 6.352,50 | 6.352,50 | |
161.639 | 2.2017 | 65.000,00 | 25.759,61 | 90.759,61 |
160.639 | 3.2017 | 6.889,41 | 6.889,41 | |
336.629 | 4.2017 | 1,00 | 34.054,36 | 34.054,36 |
Estas modificaciones se financian con cargo al remanente líquido de Tesorería por importe de 73.055,88 €.Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Henche, a 22 de diciembre de 2017.EL ALCALDE.Fdo.: Ángel Cuesta Domínguez