AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 6 de noviembre de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2017, que se hace público resumido por capítulos:
CREDITO EXTRAORDINARIO
Aplicación |
Denominación |
Importe |
|
Presupuestaria |
|||
Func. |
Ec. |
||
1 |
4 |
Servicios Públicos Básicos. Transferencias corrientes |
20.000,00 |
1 |
7 |
Servicios Públicos Básicos. Trasferencias de capital |
2.500,00 |
SUBTOTAL |
22.500,00 |
SUPLEMENTO DE CREDITO
Aplicación |
Denominación |
Importe |
|
Presupuestaria |
|||
Func. |
Ec. |
||
1 |
4 |
Servicios Públicos Básicos. Transferencias corrientes |
25.000,00 |
SUBTOTAL |
25.000,00 |
Esta modificación se financia con cargo Remanente líquido de tesorería para gastos generales (RTGG), por importe 47.500 euros, e implica una modificación de la base de ejecución vigésimo octava, “otorgamiento de subvenciones”, dentro del vigente presupuesto de 2017, por importe total de 47.500,00 euros.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Chiloeches, 7 de diciembre de 2017 P.D. La Primera Teniente de Alcalde,