AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA CONCEJALÍA DE FAMILIA Y BIENESTAR SOCIAL
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Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara de fecha 5 de septiembre de 2017 por el que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a Asociaciones de Mujeres sin ánimo de lucro durante el ejercicio 2017
BDNS: CÓDIGO 362578
Texto del anuncio
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara (http://www.guadalajara.es/es/ayuntamiento/PortalDeTransparencia/Participacion-Ciudadana-Subvenciones-a-asociaciones-ciudadanas).
Primero. Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las Asociaciones de Mujeres sin ánimo de lucro, con sede en el municipio de Guadalajara, que realicen acciones en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y se ejecuten dentro del término municipal de la ciudad de Guadalajara.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria de subvención tiene por objeto apoyar y fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres de Guadalajara en la vida social y comunitaria a través de proyectos y/o actividades durante el año 2017 que promuevan la integración y participación, que fomenten la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y prevengan la exclusión social de dicho colectivo.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara para el ejercicio 2017; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, nueva redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara publicada el 14 de marzo de 2016 (http://boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32_2016-5.html) en el BOP de Guadalajara nº 32 y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Cuarto. Fines.
El Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, desde la Concejalía de Familia y Bienestar Social pretende promover la integración y la participación en la vida comunitaria de colectivos sociales en el ámbito del municipio, promoviendo acciones a favor de la igualdad entre hombres y mujeres, atendiendo las necesidades generales y específicas de este colectivo y apoyando a las Entidades y Organizaciones que llevan a cabo programas y actividades en materia de promoción de la igualdad de oportunidades.
Quinto. Cuantía.
La cuantía total de las subvenciones asciende a la cantidad de 8.000,00 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Guadalajara, a 18 de septiembre de 2017.-La Concejala del Área de Familia y Bienestar Social Pd. Verónica Renales Romo ( Decreto de la Alcaldía Presidencia de fecha 23 de junio de 2015 y Decreto de la Alcaldía Presidencia de fecha 1 de septiembre de 2017)