AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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1.- NORMAS GENERALES
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir mediante el sistema de oposición libre 1 plaza de TECNICO DE MEDIO AMBIENTE de este Excmo. Ayuntamiento, encuadrada en la escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Media, Categoría Técnico Medio de la plantilla del Ayuntamiento de Guadalajara.
1.2.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.
2.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
2.1.- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Publico de Castilla La Mancha.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa
c) Estar en posesión en posesión de Diplomatura o Grado en cualquier especialidad del área de Ciencias/ Ciencias de la Salud o Ingeniería Técnica, o tener cumplidos tres años de la Licenciatura en las ramas de Ciencias/Ciencias de la Salud o de una Ingeniería Superior. En el caso de titulación obtenida en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia o por el órgano de la Administración competente para ello.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e)No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de alguna Administración Pública.
f) No estar incurso en causa vigente de incapacidad de las establecidas legalmente.
g)No estar afectado por ninguno de los motivos de incompatibilidad contenidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, referida al personal al servicio de las Administraciones Públicas, o comprometerse, en su oportuna opción en el período de tiempo que prevé el artículo 10 de la Ley citada.
2.2.- Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. Asimismo, deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.
3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
3.1.- La solicitud de participación en el proceso selectivo estará disponible en el Registro General del Ayuntamiento de Guadalajara (modelo 381) y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara: www.guadalajara.es/es/Servicios/Personal.
3.2. Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base II se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento debidamente cumplimentadas en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.3. Los derechos de examen que se fijan en la cantidad de 24,75 euros serán satisfechos por los aspirantes al presentar la instancia en cualquiera de las Entidades Bancarias indicadas en las instrucciones de cumplimentación de la instancia.
Los aspirantes que acrediten hallarse en situación de desempleo por periodo superior a 6 meses mediante tarjeta de desempleo del INEM o certificado de dicho Instituto, en el momento de devengo de la tasa gozarán de una bonificación del 50% de la cuota.
Deberá figurar en la solicitud la acreditación del pago de estos derechos mediante la validación por la entidad financiera en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto sello y fecha de la misma en el espacio destinado a estos efectos. La falta de este requisito determinará la exclusión del aspirante.
3.4. La presentación de instancias podrá realizarse también a través de las restantes formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES
4.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, recogiendo la relación provisional de aspirantes excluidos e indicando las causas de exclusión y el lugar donde se encuentra expuesta al público la relación provisional de aspirantes admitidos. Los aspirantes provisionalmente excluidos tendrán un plazo de 10 días hábiles para subsanar los defectos causantes de su exclusión.
4.2.- Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, el mismo órgano que aprobó las relaciones provisionales dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, y señalando la fecha, hora y lugar para el inicio de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, conteniendo las relaciones definitivas de aspirantes excluidos y el lugar donde se exponen al público las relaciones definitivas de aspirantes admitidos.
4.3.- Los aspirantes definitivamente excluidos, tendrán derecho al reintegro de los derechos de examen cuando así lo soliciten de forma expresa.
5.- TRIBUNALES CALIFICADORES
5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto de la siguiente forma, todos ellos funcionarios de carrera:
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PRESIDENTE: El designado por la Alcaldía.
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SECRETARIO: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz y sin voto.
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VOCALES:
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Uno designado por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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Dos funcionarios de carera, de categoría igual o superior a la de las plazas convocadas, designados por el órgano convocante.
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Uno designado por los funcionarios.
5.2.- La designación de vocales deberá efectuarse en el plazo de los 20 días siguientes al de recepción de la correspondiente solicitud y habrá de recaer en funcionarios con titulación igual o superior a las plazas convocadas (Subgrupo A2). Transcurrido dicho plazo, la Corporación podrá designar directamente a dichos vocales.
El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes les serán de aplicación las mismas prescripciones.
5.3.- El Presidente del Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores para todas o algunas de las pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.4.- Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la presencia de la mitad, al menos, de sus miembros, y en todo caso, la del Presidente y Secretario, o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.5.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpo o Escala análogos a los que correspondan a las plazas convocadas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.6.- El Tribunal de estas pruebas selectivas tendrá la categoría 2ª de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
6.- SISTEMA SELECTIVO
6.1.- La selección de los aspirantes se efectuará por el sistema oposición libre. Cada una de las pruebas de que se compone serán de carácter obligatorio y eliminatorio, y constará de los siguientes ejercicios:
6.1.1.- Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de al menos 80 preguntas, más cuatro de reserva para posibles anulaciones, sobre el temario especificado en el Anexo, durante un tiempo máximo de ochenta minutos
6.1.2.- Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, dos temas extraídos al azar de la parte especial del temario que figura como anexo de las presentes bases.
Además de los conocimientos sobre el tema, se valorará también en este ejercicio la precisión y el rigor de la exposición, la capacidad y el nivel de formación general.
6.1.3.- Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, de entre dos determinados por el Tribunal inmediatamente antes de la elaboración del ejercicio, relacionado con las funciones propias del puesto reservado a la categoría convocada y con las materias incluidas en la parte especial del temario que figura en el Anexo, en un tiempo máximo de dos horas.
6.2.- El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “S” de conformidad con lo establecido por Resolución de 14 de diciembre de 2016 de la Dirección General de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
6.3.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
6.4.- En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
6.5.- Se garantizará en la calificación de los ejercicios escritos el anonimato de los aspirantes, en la medida de lo posible, a través de los medios adecuados para ello.
6.6.- La publicación de la lista de aprobados de cada uno de los ejercicios y los anuncios de celebración de los distintos ejercicios se efectuará en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara.
6.7- Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación; deberá asimismo darle cuenta de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7.- CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS
Los tres ejercicios de la oposición serán calificados con un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
7.1. El primer ejercicio de la oposición será calificado con un máximo de 10 puntos.
Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta. Las preguntas de reserva serán contestadas y solo serán tendidas en cuanta en caso de anulación invalidación de alguna de las principales y siempre manteniendo el orden de las mismas.
El Tribunal podrá establecer la exigencia de obtener un mínimo de preguntas netas para la superación del ejercicio una vez conocido su resultado y sin conocer la identidad de los aspirantes.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para formular reclamaciones sobre el contenido de la prueba. Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por el Tribunal en sus deliberaciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla correctora definitiva junto con la calificación de las pruebas, donde se harán constar, en su caso, las preguntas anuladas en virtud de las impugnaciones planteadas, o acordadas de oficio por el Tribunal, que serán sustituidas por las de reserva.
7.2.El segundo y tercer ejercicio serán calificados de 0 a 10 puntos.
De las notas emitidas por los miembros del Tribunal se hará la media, y aquellas notas que se separen en más de dos puntos respecto de esa media no se valorarán, por lo que se volverá a hacer una nueva media con las notas restantes
Las calificaciones de la oposición se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes, siendo el cociente la calificación definitiva de cada uno de los ejercicios. Aquellas notas que se separen en más de dos puntos respecto de la media no se valorarán, por lo que se volverá a hacer una nueva media con las notas restantes.
7.3.- La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios de la oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio; de persistir el empate, se dirimirá por la puntuación obtenida en el segundo ejercicio, y de persistir aún, por el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, comenzando por la letra determinada para el orden de actuación de los aspirantes en el sorteo a que hace referencia la base 6.2.
7.4. Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por el orden de puntuación alcanzada. Esta relación se hará pública por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación, haciendo constar la calificación final de las pruebas, que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.
8.- LISTA DE APROBADOS
8.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará públicas en el Tablón de Anuncios de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación.
8.2. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un un mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.
8.3. Simultáneamente a su publicación el Tribunal elevará la relación aprobada a la presidencia de la Corporación para que se apruebe la correspondiente propuesta de nombramiento.
9. PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO FUNCIONARIO
9.1.- Los aspirantes propuestos presentarán dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se haga pública la relación de aprobados prevista en el apartado 8.1, los documentos acreditativos de reunir las condiciones para tomar parte en el procedimiento selectivo que se exigen en la convocatoria, estando exentos de justificar las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
9.2.- Si dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo.
10.- NORMA FINAL
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín oficial de la Provincia. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso previo de reposición ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara en el plazo de un mes, a contar de la misma forma que el anterior recurso, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO.
PARTE GENERAL
Tema 1: La Constitución Española de 1978. Principios y valores fundamentales. Derechos fundamentales y libertades públicas. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial.
Tema 2. Organización Territorial del Estado. La Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Castilla La Mancha: principios generales y organización.
Tema 3.La organización municipal en los municipios de régimen común. Órganos: El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno, y la Junta de Gobierno Local. Atribuciones y delegaciones. Especialidades en los municipios de gran población.
Tema4.- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales: Objeto, ámbito subjetivo aplicación y principios generales. De los órganos administrativos. Administración General del Estado: Organización administrativa. Los Ministerios y su estructura interna. Órganos territoriales
Tema 5.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): De los actos administrativos. Producción y contenido. Motivación. Forma. Eficacia de los actos Nulidad y anulabilidad. Términos y plazos. Obligación de resolver. El silencio administrativo. Ejecución de los actos en vía administrativa
Tema 6.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): El procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Concepto. Abstención y recusación. Capacidad de obrar. Concepto de interesado. Representación. Registro electrónico de apoderamientos. Pluralidad de interesados. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 7.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): El procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización del procedimiento. El procedimiento simplificado. De la revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio. Recursos administrativos.
Tema 8.- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto refundido de la ley de contratos del sector público (I): Objeto y ámbito de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos administrativos y contratos privados. Partes en el contrato: Órganos de contratación. Capacidad y solvencia del contratista. Objeto, precio y cálculo del valor estimado del contrato. Garantías exigibles en la contratación del sector público
Tema 9.- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto refundido de la ley de contratos del sector público (II): Preparación de los contratos: Expediente de contratación. Pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Procedimiento de adjudicación. Publicidad. Licitación y selección del adjudicatario. Formalización del contrato.
Tema 10.- El personal al servicio de la Administración Local. Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas.
Tema 11.- Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.
Tema 12.- La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: Principios de responsabilidad Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Procedimientos de responsabilidad
PARTE ESPECIAL.
Tema 13.- El dominio público. Concepto. Régimen Jurídico. Bienes demaniales y patrimoniales. Afectación. Desafectación y mutación demanial.
Tema 14.- Planes Generales Municipales en Castilla La Mancha. Planes de Desarrollo y complementarios: objeto, determinaciones y documentación.
Tema 15.- La clasificación del suelo en la legislación urbanística de Castilla La Mancha. Régimen Urbanístico de la propiedad del suelo según su clase.
Tema 16- La ejecución del planeamiento urbanístico en Castilla La Mancha. La ejecución mediante actuaciones urbanizadoras. La gestión directa y la gestión indirecta.
Tema 17. - Los Planes Parciales. Definición, Clases, Ámbito, Determinaciones, Límites de la modificación de la Ordenación Estructural por los Planes Parciales. Documentación.
Tema 18.- Planes Especiales. Función. Clases. Ámbito. Determinaciones. Límites de la Modificación de la Ordenación Estructural. Documentación.
Tema 19.-Evaluación ambiental de planes. Procedimiento de evaluación ambiental de planes urbanísticos.
Tema 20.- Los Proyectos de Urbanización. Procedimiento de Evaluación Ambiental. Gastos de Urbanización. Recepción de las obras de urbanización.
Tema 21.- Licencias urbanísticas. Actos sujetos a licencia. La declaración responsable y la comunicación previa. Procedimientos.
Tema 22.- Obras e instalaciones en espacios libres de uso público. Autorizaciones administrativas. Procedimiento. Ordenanzas municipales reguladoras en el municipio de Guadalajara.
Tema 23.- El Patrimonio histórico-artístico y cultural. Normas reguladoras de protección, intervención y restauración de monumentos históricos. Protección y restauración de zonas arqueológicas y otros bienes inmuebles de interés cultural. Medidas de fomento. Infracciones administrativas y procedimiento sancionador.
Tema 24.- Tramitación de autorizaciones para el ejercicio de actividades con implicaciones medio ambientales. Aplicación de la normativa relacionada.
Tema 25.- Directrices generales del suelo rústico en la normativa de Castilla-La Mancha. Determinaciones específicas relacionadas con el municipio de Guadalajara.
Tema 26.- El Medio Ambiente en la Unión Europea. Tratados Internacionales en materia de Medio Ambiente.
Tema 27.- El Medio Ambiente en la Constitución Española. Distribución de competencias estatales, autonómicas y locales en la regulación, planificación y gestión del Medio Ambiente. Red de autoridades ambientales.
Tema 28.- Normativa de aplicación en materia de Responsabilidad Ambiental.
Tema 29.- Régimen jurídico de infracciones y sanciones en materia de medio ambiente. Procedimiento sancionador.
Tema 30- Delito ecológico. Responsabilidad civil ambiental
Tema 31.- Sistemas de Información Geográfica. Aplicación a la gestión del medio ambiente.
Tema 32.- Desarrollo Sostenible: concepto. Antecedentes. Sostenibilidad urbana. Especial consideración en materia de movilidad: Medidas de Actuación.
Tema 33.- Planes de Movilidad. Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Guadalajara.
Tema 34.- Evaluación de Impacto Ambiental. Marco legal e institucional. Normativa de evaluación ambiental aplicable en el municipio de Guadalajara.
Tema 35.- Elaboración de estudios de impacto ambiental: contenido y metodologías; medidas preventivas, correctoras y compensatorias. Programa de vigilancia ambiental.
Tema 36.- Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Autorización ambiental integrada. Registros de emisiones y fuentes contaminantes.
Tema 37.- Intervención ante incidentes ambientales. Toma y conservación de muestras. Levantamiento de acta y elaboración de informes.
Tema 38.- La Ley de Aguas y sus Reglamentos de desarrollo. La gestión del espacio fluvial, calidad de las aguas y riesgo de inundación. Normativa comunitaria.
Tema 39.- Abastecimiento de agua de consumo urbano. Origen, recursos, infraestructuras y competencias de gestión. Saneamiento de aguas residuales urbanas. Normativa, infraestructuras y competencias de gestión.
Tema 40.- Aguas residuales. Parámetros indicativos de contaminación y contaminantes más habituales en el entorno urbano. Procesos de tratamiento y depuración de las aguas residuales urbanas e industriales. Autorización de Vertidos.
Tema 41.- Legislación estatal en materia de contaminación acústica. Distribución de competencias en materia de ruidos, a nivel nacional, autonómico y local
Tema 42.- Magnitudes características y equipos de medida en el control de la contaminación acústica. Ordenanza de protección contra contaminación acústica y térmica de Guadalajara.
Tema 43.- Residuos urbanos: concepto. Clasificación. Tratamiento y gestión. Politica Europea en materia de residuos. Plan regional de RSU. Legislación aplicable.
Tema 44.- Eliminación de residuos urbanos mediante depósito en vertederos. Problematica asociada y normativa reguladora.
Tema 45.- Operaciones de valorización y eliminación de residuos urbanos. Tecnologías para su tratamiento. Normativa reguladora.
Tema 46.- Normativa reguladora de los Residuos de Construcción y Demolición. Régimen Jurídico.
Tema 47.- Residuos peligrosos: Identificación y caracterización. Legislación aplicable y Régimen jurídico. Gestión y tratamiento.
Tema 48.- Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria, Estética e Higiene Urbana y regulación de dichos aspectos en la enanza Municipal para Fomentar y Garantizar la Convivencia Ciudadana en el Espacio Público de Guadalajara. Ordenanza Municipal de Uso de los Parques y Jardines de la ciudad de Guadalajara.
Tema 49.- Espacios Naturales Protegidos. Legislación aplicable.
Tema 50.- Plan de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha
Tema 51.- Restauración de espacios degradados. Principios y técnicas.
Tema 52.- Legislación sobre animales domésticos. Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales de Guadalajara.
Tema 53.- Las Vías Pecuarias y su función ambiental. Legislación y régimen jurídico.
Tema 54.- Cambio climático. Normativa Europea. Estrategias Locales de Cambio Climático.
Tema 55.- Energia y Cambio climatico. Fuentes de emisión de gases de efecto invernadero. Principales medidas de mitigación. Impactos del cambio climático. El papel de las enegias renovables y la eficiencia energética.
Tema 56.- Ahorro y eficiencia energética. Estrategias adoptadas e implicaciones municipales.
Tema 57.- Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado. Antecedentes y objetivos. Procedimiento de implantación y fases. Normativa europea. EDUSI Guadalajara.
Tema 58.- Educación Ambiental: Concepto. Antecedentes. Plan Regional de Educación Ambiental. Red de equipamientos para la educación ambiental.
Tema 59.-- El derecho a la información ambiental. Participación ciudadana en la toma de decisiones. Convenios y legislación sobre el derecho de acceso a la información. La red EIONET. Indicadores ambientales
Tema 60.- Energías renovables: Concepto. Fuentes de energía. Implicaciones medioambientales
Guadalajara, 29 de agosto de 2017. EL CONCEJAL DELEGADO DE RR HH. Fdo. Alfonso Esteban Señor