AYUNTAMIENTO AZUQUECA DE HERNARES
1963
BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL POR SUSTITUCIÓN DE TRABAJADORA CON DERECHO A RESERVA DE PUESTO DE UN/UNA PSICÓLOGO/A PARA EL CENTRO DE LA MUJER.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- El Objeto de la presente convocatoria es la contratación laboral en la modalidad de Interinidad por sustitución de Trabajadora con derecho a reserva de puesto, de un/una Psicólogo/a para el Centro de la Mujer de Azuqueca de Henares.
2.- DURACIÓN DEL CONTRATO.- vuelta al puesto de trabajo de la trabajadora sustituida por baja maternal, la posible renovación será el 1 de enero de 2018 y estará supeditada a la firma del convenio del Centro de la Mujer que el Ayuntamiento mantiene con la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha.
3.- RETRIBUCIÓN BRUTA MENSUAL JORNADA Y TRABAJO A REALIZAR.-
- Salario Bruto Mensual, 2.030,19 Euros.€ (prorrata de pagas extras incluida)
- 32 horas semanales.
- Atención psicológica a las usuarias del recurso y tareas derivadas (formación, sensibilización, organización de actos conmemorativos...).
4.- REQUISITOS DE LOS/LAS ASPIRANTES.-
- Tener plena capacidad de obrar conforme lo dispuesto en el Código Civil.
- Estar en posesión del título de Licenciado/a en Psicología el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de sus funciones.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, Autonómica o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firma.
5.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.-
La convocatoria se publicarán en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento, en la Oficina del SEPECAM de Azuqueca y en la Web del Ayuntamiento de Azuqueca www.azuqueca.es .
6.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.-
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, se presentarán en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento, durante el plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la fecha de estas bases, e irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
- Fotocopia del título exigido en la convocatoria.
- Documentación necesaria para valoración curricular, según se especifica en la base 9ª 1.-.
7.- TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN.-
Derechos de examen: serán de 32,03€ y se ingresarán por el sistema de autoliquidación. A estos efectos se deberá cumplimentar el impreso facilitado por el Ayuntamiento y se presentará en cualquier Banco o Caja de Ahorros de las que actúan como entidades financieras colaboradoras en la recaudación tributaria, para su validación mediante impresión mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada.
Tendrán una bonificación del 50% de la cuota los que acrediten hallarse en situación de desempleo, mediante tarjeta de la Oficina Pública de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente o certificado de dicha Entidad.
8.- LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.-
Expirado el plazo de presentación de instancias, mediante resolución, se aprobará la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, que será expuesta en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento para que durante el plazo de los dos días laborales siguientes, los/las interesados/as puedan presentar reclamaciones sobre su exclusión o subsanación de errores. En el supuesto de que no existan excluidos o errores, la referida lista se elevará a definitiva sin más trámite.
9.- SISTEMA DE SELECCIÓN: CONCURSO
VALORACIÓN DE CURRICULO
Se valorará los méritos alegados por los/las aspirantes del procedimiento selectivo.
En caso de que la documentación aportada no esté justificada según las instrucciones dadas, el Tribunal no valorará esa documentación.
Documentación necesaria para valorar los requisitos aportados:
Para valoración de la EXPERIENCIA será necesario
- Copia de los contratos en el que aparezca la categoría y la duración, cotejados con el original en Registro .
- Certificado de Empresa debidamente sellado, en el que aparezca la duración de la relación laboral y descripción de funciones realizadas, puesto que sólo serán valorables las especificadas en el Anexo I.
- Informe de Vida Laboral.
- No se valorarán los periodos que no se puedan agrupar en bloques de treinta días.
Para valoración de la FORMACIÓN.
- Copia de diploma de asistencia al curso, en el que se especifiquen el número de horas y los contenidos del mismo.
- Para valorar la formación universitaria: copia del título cotejada con el original en registro.
La calificación de currículum se hará conforme a los siguientes criterios de valoración:
- EXPERIENCIA PROFESIONAL. Puntuación máxima: 10 puntos.
a) Trabajos realizados en las áreas y en la misma categoría del puesto a ocupar, en algún recurso de atención a víctimas de violencia de género. 0,25 por mes trabajado.
b) Trabajos realizados en las áreas y en la misma categoría del puesto a ocupar tanto por cuenta propia como ajena. 0,15 por mes trabajado.
No se valorará la experiencia que no se pueda acumular en periodos de 30 días.
- FORMACIÓN. Puntuación máxima: 10 puntos. Según Anexo
Sólo se valorarán los cursos relacionados con las áreas especificadas en el Anexo, hasta un máximo de 5 puntos.
de 20 a 30 h. = 0,20 ptos. c/u
de 31 a 70 h. = 0,40 “ “
de 71 a 150 h. = 0,80 “ “
de 151 a 300 h. = 1,40 “ “
de 301 h. en adelante = 2 “ “
TITULACIONES DE POSTGRADO: Hasta un máximo de 5 puntos:
Títulos a valorar; Masteres, Cursos de Postgrado, Experto/a Universitario/a. A este respecto sólo se valorará formación específica en área de Mujer: Género, Feminismo, Igualdad de Oportunidades, Salud, Violencia de Género.
Un punto por cada titulación adicional.
Puntuación máxima de la fase de concurso: 25 puntos
10.- CALIFICACIÓN, RELACIÓN DE APROBADOS, PROPUESTA DE CONTRATACIÓN, PERÍODO DE PRUEBA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.-
El Tribunal Calificador propondrá al Presidente de la Corporación la contratación del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación final. En ningún caso el Tribunal podrá proponer más de un aspirante. El resto de aspirantes pasarán a forma parte de una bolsa de empleo por orden de puntuación.
El aspirante propuesto presentará en el Ayuntamiento, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la fecha de exposición de las puntuaciones finales, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 4ª. Si dentro del plazo indicado, salvo causa de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presenta la documentación, o no reúne los requisitos exigidos, será contratado el siguiente aspirante por orden de puntuación, siempre que presente la documentación y reúna los requisitos exigidos.
11.- TRIBUNAL CALIFICADOR.- Estará compuesto de los siguientes miembros:
- Presidente/a: Técnico/a de la Corporación
- Vocal: Técnico/a de la Corporación a propuesta del Comité de Empresa.
- Secretario: Técnico/a de la Corporación.
Los miembros del Tribunal Calificador estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo no previsto en estas bases.
ANEXO I
- Ley 5/2001, de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y Protección a Mujeres maltratadas de Castilla-La Mancha.
- Ley orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de medidas de Protección Integral contra la violencia de género.
- Ley 12/2010 de Igualdad entre hombres y mujeres de Castilla La Mancha.
- Servicios, programas y recursos en la atención a mujeres. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
- Los Centros de la Mujer de Castilla la Mancha. Servicios, coordinación organismos externos, intervención comunitaria.
- El I Plan Municipal de Igualdad de Azuqueca de Henares (2011-2015).
- Violencia de Género (I). Conceptos. Prevención, causas, y detección de casos. Intervención en crisis.
- Violencia de Género (II). Efectos y consecuencias emocionales y psicológicas. TEPT, Depresión y Ansiedad: características, diagnóstico y tratamiento.
- Violencia de Género (III). Alteraciones psicosomáticas. Trastornos del sueño. Trastornos de la conducta alimenticia. Características, diagnóstico y tratamiento.
- Violencia (IV): Efectos y consecuencias psicológicas para los/las menores expuestos/as a la violencia de género. Intervención.
- Género y salud mental. Aplicación de la perspectiva de género en el análisis de casos y en los procesos de intervención.
- Feminismos.
- Trastornos de la personalidad. Tratamiento.
- Trastornos adaptativos. Tratamiento.
En Azuqueca de Henares, a 8 de junio de 2017. El Alcalde; José Luis Blanco Moreno